El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que la norma alemana que prohíbe a motores de búsqueda como Google compartir resúmenes de noticias sin remunerar por ello a los medios --'snippets'-- no es aplicable porque debería haber sido comunicada previamente a la Comisión Europea y el Gobierno alemán no lo hizo.
La Justicia europea ha concluido, tras ser preguntada por los tribunales alemanes, que se trata de una disposición relativa a un servicio de la Sociedad de la Información y, por tanto, es un "reglamento técnico" cuyo proyecto debe ser objeto de una comunicación previa a las autoridades comunitarias.
La sociedad alemana de gestión de derechos de autor VG Media interpuso ante el Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Berlín una demanda de indemnización contra Google por haber infringido los derechos conexos a los derechos de autor de varios editores de prensa.
En concreto, esta sociedad alegaba que el gigante tecnológico había utilizado en su motor de búsqueda y en 'Google Noticias' fragmentos cortos o resúmenes de textos de prensa, conocidos como 'snippets' de sus editores sin autorización precia y sin abonar una remuneración por ello.
El tribunal alemán recurrió a la Justicia europea porque dudaba de si VG Media podía recurrir a la disposición que a partir del 1 de agosto de 2013 prohíbe únicamente a los explotadores de motores de búsqueda y a prestadores de servicios que editan contenidos similares compartir artículos de prensa, íntegros o una parte, a excepción de palabras sueltas o fragmentos muy cortos.
El Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Berlín pretende saber si esta disposición es un "reglamento técnico" en el sentido de la directiva sobre normas y reglamentaciones técnicas. Se fuera así, la norma debe ser notificada a la Comisión Europea antes de aplicarse.
En la sentencia publicada este jueves, el tribunal de Luxemburgo da una respuesta afirmativa y explica que la disposición es un "reglamento técnico" porque se trata de una regla relativa a los servicios de la Sociedad de la Información.
En consecuencia, el proyecto debe comunicarse previamente al Ejecutivo comunitario y un particular puede invocar su inaplicabilidad si todavía no se ha informado a las autoridades europeas.