El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, un proyecto de ley que adapta el ordenamiento jurídico nacional al reglamento comunitario para reforzar la seguridad en el uso de determinados servicios electrónicos de confianza.
Entre estos servicios, se encuentran la firma y sello electrónico de personas físicas y jurídicas o el sello de tiempo electrónico, que son utilizados habitualmente en las relaciones telemáticas de ciudadanos, empresas y administraciones públicas.
El reglamento prevé que determinados aspectos técnicos y de organización interna se establezcan por parte del legislador nacional, regulando, entre otros aspectos, la comprobación de la identidad y atributos de los solicitantes de un certificado cualificado.
Asimismo, regula el régimen de responsabilidad y de previsión de riesgo de los prestadores de servicios, el tiempo máximo de vigencia de los certificados, el tiempo de conservación de los datos de prestación de servicio, los efectos jurídicos de los documentos electrónicos cuando se haya utilizado un servicio de confianza cualificado y un nuevo régimen sancionador ampliado al conjunto de los servicios de confianza y adecuado al reglamento europeo.
El proyecto también designa al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital como organismo responsable de la supervisión de los prestadores de servicios de confianza y de la construcción de la lista de servicios de confianza.
España es el país de la Unión Europea con mayor número de prestadores de servicios cualificados, entre los que están la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o la Dirección General de la Policía.