Los principales operadores de telecomunicaciones, Movistar, Orange, Vodafone, MásMóvil y Euskaltel dan un paso más en su compromiso con los clientes y acaban de firmar un nuevo Código Deontológico que refuerza el alcanzado en 2010. Actúa como mecanismo de autorregulación para los clientes y busca hacer más transparentes sus prácticas de comercialización.
En plena lucha por el 5G, las telecos han expresado mediante un comunicado que "continúan avanzando en su compromiso con el mercado y sus clientes y refuerzan su código ético para garantizar las mejores prácticas de comercialización de sus productos y servicios en materia de televenta".
El nueve código pretende realizar auditorías para controlar que las actuaciones de los distribuidores y otras plataformas de emisión de llamada no utilicen medios engañosos, fraudulentos o desleales. También se ha limitado el horario de realización de llamadas a clientes, que en ningún caso pueden producirse antes de las 9.00 de la mañana y después de las 21.00 horas, ni tampoco en fin de semanas o festivos.
Dentro de esta nueva limitación de horarios para realizar llamadas. Destaca que todos han pactado que dejarán de realizarse llamadas comerciales antes de las 10:00 o entre las 15:00 y las 16:00, es decir, a la "hora de la siesta".
Conocer quién llama
Además, se aumentan las garantías para que los clientes incluidos en sistemas de 'Listas Robinson' (directorios de exclusión publicitaria) no sean contactados y se limita a tres intentos mensuales el número de llamadas a consumidores no contactados. Se establece también que cuando un potencial cliente manifieste no tener interés por la propuesta comercial que se le oferta en una llamada, la operadora podrá volver a contactarle en un plazo de tres meses.
Con el objetivo de potenciar la transparencia, el código contempla que los consumidores puedan conocer siempre el número o el nombre de la empresa del call center desde donde se les contacta, junto con la marca y el motivo comercial. Además, los clientes también tendrán acceso a información sobre el origen de sus datos.
También accederán a dar de baja los servicios que hayan podido ser contratados en el marco de una acción de televenta con fraude o acto contrario a las exigencias de buena fe, siempre que se haya cursado como máximo una factura por dichos productos y servicios. La baja se realizará asegurándose de que el cliente no pierde la conectividad ni debe asumir ningún tipo de penalización económica.