Importante victoria judicial de la compañía aérea de bajo coste Ryanair. El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado este miércoles la autorización que dio Bruselas al rescate por valor de 6.000 millones de euros que orquestó el Gobierno alemán para salvar a su aerolínea de bandera, Lufthansa, durante la pandemia de Covid-19.
La sentencia señala que la Comisión de Ursula von der Leyen "incurrió en diversos errores" a la hora de dar luz verde al rescate. En particular, el Ejecutivo comunitario dio por hecho que Lufthansa era incapaz de conseguir financiación en los mercados para todas sus necesidades, sin examinar él mismo si esta hipótesis era cierta o no.
El Ejecutivo comunitario tampoco exigió un mecanismo que incentivara a Lufthansa a recomprar la participación del Estado alemán "tan rápido como fuera posible".
Finalmente, Bruselas negó erróneamente que Lufthansa tuviera un poder de mercado significativo en algunos aeropuertos como los de Düsseldorf o Viena, y aceptó determinados compromisos por parte de la compañía que no garantizaban la protección de la competencia efectiva en el mercado.
El fallo supone un duro varapalo para la vicepresidenta de la Comisión y responsable de Competencia, Margrethe Vestager. Su portavoz ha dicho que "toma nota" de la sentencia y estudiará "cuidadosamente" su contenido antes de decidir sobre los próximos pasos. También ha subrayado que Bruselas gana el 80% de los casos ante el TJUE.
Por su parte, Lufthansa asegura que ya ha devuelto o cancelado todo el apoyo público que recibió durante la pandemia.
El litigio se remonta al 12 de junio de 2020, cuando el Gobierno alemán notificó a la Comisión Europea una ayuda individual en forma de una recapitalización de un importe de 6.000 millones de euros para Lufthansa.
Dicha recapitalización tenía por objeto restablecer la posición patrimonial y de liquidez de las empresas del grupo en la situación excepcional causada por la pandemia de Covid-19.
El rescate se dividía en tres partes: una participación en el capital de aproximadamente 300 millones de euros; una participación sin voto no convertible en acciones de aproximadamente 4.700 millones de euros; y una participación sin voto de 1.000 millones de euros con las características de una obligación convertible.
Sin iniciar el procedimiento de investigación formal previsto en el Tratado, la Comisión calificó la medida controvertida de "ayuda de Estado compatible con el mercado interior", teniendo en cuenta el Marco Temporal de ayudas públicas destinadas a respaldar la economía en el contexto de la pandemia.
Tanto Ryanair como la aerolínea Condor interpusieron recursos de anulación contra la anterior decisión. El TGUE les ha dado la razón al entender que, al autorizar el rescate de Lufthansa, la Comisión no tuvo en cuenta diversos requisitos y exigencias establecidos por el Marco Temporal.
Contra esta sentencia todavía cabe un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.