El Ministerio de Economía y Empresa ha publicado este martes el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el plan técnico nacional de la televisión digital terrestre, conocido como Plan TDT, y se establecen las condiciones básicas para la liberación del segundo dividendo digital. EL ESPAÑOL ya adelantó hace unas semanas que la publicación de este decreto era inminente.
Este Plan de TDT debe ser la guía para ejecutar la migración de las frecuencias de televisión de TDT desde la actual banda de 700 Mhz hasta sus nuevas ubicaciones. El objetivo del Gobierno es que durante el primer trimestre de 2020 esta banda esté liberada para poder realizar la subasta de este espectro que las operadoras de telecomunicaciones utilizarán para el desarrollo de la tecnología 5G (DESCARGA EL PROYECTO COMPLETO).
De hecho, el Plan conocido este martes confirma que la fecha de liberación definitiva de esta banda por las televisiones sigue siendo junio de 2020. Este Plan ha confirmado también que las normativas se analizarán en una nueva consulta pública, como ya adelantó este periódico, para someterlas a la opinión no vinculante del sector. El proceso de audiencia pública estará abierto hasta el próximo 18 de febrero.
"Seguridad y continuidad"
No obstante, las ayudas a hogares y televisiones que había prometido Moncloa en la Hoja de Ruta presentada en verano siguen siendo una incógnita. No han sido incluidas en este Plan TDT y según han indicado fuentes de Agenda Digital a este diario, serán incluidas en futuros decretos, aunque dependen de los Presupuestos Generales del Estado de 2019 (50 millones) y de los PGE de 2020.
Según Moncloa, este Plan TDT "proporciona también seguridad y garantías para la continuidad y el futuro del servicio de televisión digital terrestre". Se garantiza el uso de la banda 470-694 MHz, "que continuará siendo utilizada para el servicio de televisión digital terrestre, al menos hasta 2030", indican.
En esta banda se dispondrá de las mismas redes de televisión digital terrestre que existen en el Plan técnico actualmente en vigor, y se mantiene la oferta de canales de televisión digital terrestre existentes en la actualidad. Se mantiene asimismo la capacidad para realizar desconexiones territoriales en los múltiples digitales que la tienen en la actualidad.
Cuatro canales por múltiplex
En virtud de este Real Decreto, cada múltiple digital tendrá capacidad para integrar cuatro canales de televisión en alta definición, podrán continuar las emisiones actuales en definición estándar, y se prevé una fecha límite para que todos los canales de televisión evolucionen sus emisiones a alta definición.
De igual modo, se establece la obligación para todos los receptores de televisión digital terrestre que se pongan en el mercado español, transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor del Real Decreto, de incluir la capacidad de recibir las emisiones en alta definición. Los de mayor tamaño deberán incorporar también la capacidad de recibir emisiones en ultra alta definición, emisiones con la tecnología de transmisión DVB-T2, y servicios interactivos HbbTV.
Se incluyen las especificaciones técnicas de las emisiones de televisión digital terrestre en alta definición y en ultra alta definición, y se incluyen también medidas para favorecer e impulsar la implantación futura de estándares avanzados de televisión digital terrestre con tecnologías de mayor eficiencia espectral, que permitan un uso más eficaz del espectro radioeléctrico y una mejora en la calidad.
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