Finalmente, Netflix, HBO y todas las plataformas de vídeo en streaming deberán pagar el 5% de sus ingresos generados en España para financiar obra audiovisual europea. Así se establece en el Anteproyecto de Ley Audiovisual que el Gobierno lanzará este viernes a audiencia pública y del que ha revelado sus principales detalles.
Como había adelantado Invertia, la principal novedad es que se equiparan las obligaciones de las plataformas OTT con las televisiones tradicionales y las de pago. Por el contrario, se cae la obligación de aportar el 3% a RTVE como hacen las cadenas actualmente.
En este último caso, el Ejecutivo ha descartado el cambio porque para ello habría que tocar la Ley de RTVE, algo que no está en carpeta "por el momento". De hecho, hasta hace pocas semanas esta obligación estuvo sobre la mesa, pero se cayó del proyecto final.
En el caso de la tasa para pagar obra audiovisual europea, se establece para todos los prestadores del servicio audiovisual, lineal o a petición establecidos en España o en otros Estados miembros que dirijan sus servicios a España.
Cuando la facturación generada en España supere los 50 millones de euros, se deberá destinar el 5% de sus ingresos en financiar obra audiovisual (series y cine). De éstos, el 70% deberá financiar producciones independientes y un mínimo del 40% en obras de cualquiera de las lenguas oficiales de España.
Cálculo de ingresos
Si la facturación es inferior a los 50 millones, tendrán todas las normas anteriores, excepto la de las lenguas oficiales. Quedarán exentos de estas obligaciones todos los operadores que generen ingresos en España inferiores a los 10 millones de euros.
¿Cómo se calculan estos ingresos? El Gobierno ha explicado que se computarán exclusivamente los ingresos generados en España, lo que no necesariamente coincide con los ingresos declarados por sus sociedades establecidas en nuestro país.
Para afinar más este dato, las nuevas plataformas tendrán una obligación de registro, al mismo tiempo que el Ejecutivo confía en que la CNMC tenga un papel protagónico realizando requerimientos de información puntuales -por ejemplo, de número de usuarios-. Unos requerimientos que no necesariamente tienen que convertirse en información pública.
Esta Ley también impone cuotas de emisión. En el caso de la televisión lineal se obliga a tener un 51% de emisión de obra europea y el 50% a obras en lenguas oficiales. En el caso de las OTT como Netflix, el 30% del catálogo será de obra europea.
Norma europea
En el caso de esta nueva Ley Audiovisual, el principal objetivo es transponer la normativa europea del sector aprobada en noviembre de 2018. Bruselas dice que los Estados miembros tienen dos años para adaptar su legislación local a las leyes europeas, un plazo que en este caso vence en noviembre de 2020, pero que ha sido ampliado por el impacto de la pandemia del coronavirus.
La norma comunitaria busca mayor protección de los niños frente a los contenidos audiovisuales, establecer límites a la publicidad e impulsar la producción europea. En la Ley española incluye la ya mencionada obligación de registro para todas las nuevas plataformas; se cambian los límites a la publicidad en 144 minutos en la franja de 00.00 horas a seis de la tarde y de 72 minutos de seis de la tarde a doce de la noche. Del mismo modo, se refuerza la protección al menor y el contenido subtitulado.