La nueva Ley de Comunicación Audiovisual impondrá a las plataformas de contenidos bajo demanda nuevas obligaciones sobre el número de producciones que deben tener dentro de su catálogo en alguna de las distintas lenguas cooficiales en España, como son el catalán, el gallego y el euskera.
A falta de conocerse la redacción definitiva de la Ley, que el Consejo de Ministros debe aprobar antes de que acabe el año, el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y ERC obligará a estas plataformas a que el 6% de las producciones de su catálogo sean en algunas de las lenguas oficiales del Estado distinta del castellano.
La duda reside ahora en saber cuáles serán exactamente las plataformas que se verán afectadas por esta obligación, dado que los nuevos hábitos de consumo audiovisual hacen que convivan en el mercado desde plataformas nativas digitales de contenido a servicios bajo demanda de actores tradicionales como cadenas de televisión u operadores de telecomunicaciones.
El último anteproyecto de la Ley de Comunicación Audiovisual, sometido a audiencia pública hace unos meses, define en sus primeras páginas lo que es "un servicio de comunicación audiovisual televisivo a petición".
En concreto, establece que se trata de un "servicio de comunicación audiovisual que se presta para el visionado de programas y contenidos audiovisuales en el momento elegido por el espectador y a su propia petición sobre la base de un catálogo de programas seleccionado por el prestador del servicio".
Plataformas afectadas
En esta definición encajan las nuevos actores surgidos en los últimos años como Netflix, HBO Max, Amazon Prime Video o Disney +, pero también podría definir la actividad que realizan ATRESPlayer, Mitele, Movistar+, Orange TV o Vodafone TV. Una duda sobre el alcance de la ley que también tienen algunas de estas compañías.
Consultadas por EL ESPAÑOL - Invertia, algunas de estas empresas tienen asumido que tendrán que cumplir con estas nuevas obligaciones, mientras que otras admiten que todavía no tienen claro de si finalmente les va a afectar o no.
Fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital han rehusado a entrar al detalle sobre qué plataformas en concreto conformarán esta lista de empresas afectadas por estas nuevas cuotas pactadas entre el Gobierno y ERC.
En este sentido, aclaran que en ningún momento se cuestiona la naturaleza de estas plataformas, sino que buscan que a todas aquellas compañías que prestan servicios del mismo tipo se les aplique las mismas reglas. Por ejemplo, explican que YouTube no entraría claramente en esta categoría, así como probablemente tampoco RTVE, dado que tiene otro tipo de obligaciones por ser prestador de un servicio público.
Contenido original o adquirido
¿Y cómo pueden cumplir las plataformas afectadas con estas obligaciones? El contenido en catalán, euskera o gallego que les permita llegar a 6% del total puede ser tanto producción propia como adquirida, así como nueva producción o contenido ya realizado.
Las fuentes del Ministerio señalan que en este tipo de producciones no entraría el doblaje o los contenidos subtitulados, pero admiten que no es fácil definir cuáles son exactamente los contenidos que se podrían considerar producciones en lenguas cooficiales.
Por ejemplo, apuntan que hoy en día hay producciones que se realizan en varias idiomas a la vez. De ahí que estiman que será probablemente necesario ir afinando con la práctica los contenidos que podrían considerarse producciones en lenguas cooficiales.
El cumplimiento de estas cuotas se evaluará previsiblemente con una periodicidad anual por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), aunque estos plazos podrían modificarse en caso de que fuera necesario.
Aquellos que no cumplan con estas obligaciones estarán sometidos a un régimen de sanciones bastante amplio. El objetivo de estas sanciones es ejercer un efecto disuasorio en las empresas, por lo que en gran medida se tendrán en cuenta los ingresos del sancionado para fijar el importe de la multa.
Asimismo, se descarta que haya algún tipo de ayuda o financiación de estos contenidos dado que es una condición establecida por la nueva ley. Por ello, será una obligación que tengan que asumir en su totalidad los actores obligados.
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