Se trata de una medida pionera, según el Consistorio, que ha sido aprobada en pleno bajo el nombre de "Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana", con los votos a favor de los quince concejales que forman la mayoría absoluta del PSOE, además de los cuatro de Sí se Puede, los tres del PP y los dos de Ciudadanos e IU, con la abstención de la edil no adscrita Estrella Guzmán.
El acuerdo, presentado por iniciativa del alcalde, Francisco Toscano, señala que los servicios económicos del Ayuntamiento no cobrarán la liquidación del impuesto "cuando se demuestre que no ha habido un incremento patrimonial".
El Ayuntamiento, dentro de la misma medida, tiene previsto incluir las solicitudes que ya hayan presentado los vecinos, y supone que es el primero que lo adopta tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anula su aplicación en casos en los que se hayan vendido inmuebles sin que haya ganancias en la venta o se hayan producido pérdidas.
El mismo acuerdo refiere que "previamente a la práctica de la liquidación, se procederá a comprobar por el Departamento de Rentas del Ayuntamiento de Dos Hermanas el precio de transmisión y adquisición del inmueble recogidos en las correspondientes escrituras públicas".
Por eso, "si de la diferencia entre el precio de transmisión y adquisición del inmueble se desprende la existencia de incremento de valor se practicará la liquidación de la plusvalía conforme al artículo 107 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la notificación de la misma".
Así, en Dos Hermanas sólo se cobrará este impuesto desde ahora si hay ganancias en las ventas, mientras que si hay pérdidas o no hay ganancias directamente no tendrá que ser pedido por los vecinos, sino que se aplicará de facto por parte del consistorio.