Estos son los casos en los que tienes que prestar especial atención si no quieres perderte una desgravación ventajosa o incluso ganarte una multa:

¿Te has cambiado de casa?

Si no lo notificaste a Hacienda ten cuidado al exportar tus datos al borrador. Se trata de un fallo menor, pero que tiene sus consecuencias. Es obligatorio informar de estos cambios y no hacerlo conlleva multa.

¿Has sido padre?

Hacienda no recogerá tu paternidad a no ser que lo indiques explícitamente en el apartado de situación familiar y personal. La diferencia entre incluir o no a tus hijos en la declaración de la renta es cuantiosa.

¿Vives de alquiler?

Si quieres deducirte el alquiler, solo tendrás derecho en caso de que hayas firmado el contrato antes del 1 de enero de 2015. Hacienda no tiene por qué saber cuánto pagas por el alquiler, de manera que si quieres deducir el 10,05% de lo que pagas acude al Anexo A.1 de la renta.

¿Has sido madre?

1.200 euros es la deducción a la que tienen derecho las madres de menores de 3 años. Se puede cobrar de forma anticipada, a razón de 100 euros al mes, pero si no, conviene revisar la casilla 551.

¿De qué comunidad autónoma eres?

Cada comunidad es un mundo en cuanto a fiscalidad. Tu borrador no incluirá por defecto ninguna de las deducciones autonómicas que pueden ser por alquiler de vivienda, nacimiento, gastos escolares, compra de vivienda o inversión en empresas de nueva creación.

¿Alquilas una vivienda?

Hacienda tampoco pondrá por ti las ganancias que obtengas. Deberás poner esos datos personalmente.

¿Eres autónomo o freelance?

Hacienda tiene registrado tu salario, pero no tiene por qué contabilizar todos tus ingresos. Si eres autónomo, la Agencia Tributaria no sabe tus gastos, por eso siempre debes revisar el borrador para incluirlos.

¿Has pagado alguna pensión compensatoria?

Por tu hijo, tu expareja¿ Es posible que el borrador no refleje el pago de alguna de estas pensiones, debes revisarlo con atención.

¿Inviertes?

Revisa si aparecen las inversiones que hayas realizado en fondos de inversión, acciones y cualquier otro vehículo. Si tienes un plan de pensiones puedes deducirte las aportaciones en la Renta. En principio, Hacienda debería tenerlas si la entidad con la que operas hace bien su trabajo, pero no debes dejar de revisar el apartado ¿reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social¿ de la página 12 del IRPF.

Por cierto, recuerda que todos los planes desgravan, y que la clave para la inversión a largo plazo es tener un buen producto para sacar el máximo rendimiento al dinero aportado. Con esta píldora que te traemos Invertia y Finect, puedes consultar en detalle cualquier plan de pensiones.

 

 

Por último, si has vendido fondos y acciones, recuerda que tendrás que completar la información con el precio de adquisición, que el borrador no lo suele incorporar. Y que si has tenido pérdidas durante los últimos cuatro años podrás compensarla si este año vendiste con beneficios.