Excepcionalmente y con objeto de que se puedan realizar pruebas de conexión en el entorno de producción, entre el 19 de junio y el 29 de junio se podrán realizar envíos en el entorno real, pero sin trascendencia tributaria.
Todas las facturas recibidas en ese periodo serán borradas físicamente del entorno de producción el día 30 de junio de 2017, que a tales efectos permanecerá cerrado ese día.
Además, todos los envíos de facturas realizados en el entorno de producción, incluidos los enviados entre el 19 y 29 de junio, deberán llevar la versión 1.0 en los ficheros XML de los distintos libros.
No obstante, a partir de este jueves es posible realizar el envío de la autorización de simplificación en materia de facturación o de sistemas de registro autorizados.
El sujeto pasivo autorizado, antes del primer envío del registro de facturación correspondiente a alguna de estas autorizaciones, deberá remitir copia de la autorización en el apartado previsto para aportarla a través de cualquiera de dos rutas.
Entrando en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el banner del SSII-TRamitación: "IVA. Libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT" o en la página web www.agenciatributaria.gob.es, en el apartado "Todos los trámites" / "Impuestos y tasas" / "IVA" / "IVA. Libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT".
El número de registro obtenido en el envío de la autorización deberá suministrarse en los registros de facturación que se correspondan con la misma en el campo "número registro autorización".
El nuevo Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA entrará en vigor el próximo 1 de julio.