Javier Albisu
El total que tiene que pagar España por su problema de la estiba son 3 millones de euros", señalaron a Efe fuentes del tribunal sobre la reducción de la sanción respecto a los 27.522 euros diarios exigidos por la Comisión Europea (CE) a tenor de una primera sentencia del 11 de diciembre de 2014.
Los magistrados de la Corte de Luxemburgo argumentan la sanción inferior porque "deben tenerse en cuenta todas las circunstancias del incumplimiento que se le imputa y, en particular, la duración y la gravedad de la infracción".
El TJUE no acepta el argumento de Madrid de que el retraso en el incumplimiento obedeciera a "dificultades internas relacionadas con la disolución del Parlamento nacional, con el hecho de que el Gobierno se encontrara en funciones y con la celebración de nuevas elecciones".
Pero sí valoran que "España ha demostrado buena fe, en particular cooperando estrechamente con la Comisión (Europea) durante el procedimiento administrativo previo".
No obstante, el tribunal recuerda que "transcurrieron 29 meses" entre aquella primera sentencia y el decreto ley para reformar el sector de la estiba que el Congreso de los Diputados aprobó el pasado 18 de mayo, de modo que "está justificado imponer al Reino de España el pago de una cantidad a tanto alzado".
Así, en una "apreciación equitativa de las circunstancias del caso", la corte fija en 3 millones de euros más las costas procesales.
Fuentes del Ministerio de Fomento de España precisaron a Efe que se trata de "una rebaja de 21 millones" respecto a los 24 millones de euros de sanción acumulada, pues se esperaba que el tribunal sólo evitase condenar a España a una segunda multa de 134.107,2 euros diarios a la que se enfrentaba por persistir en el no incumplimiento de aquel primer dictamen.
El Gobierno, que ha coordinado la reforma legislativa con la Comisión Europea, redactó un primer decreto ley para reformar la estiba, que fue rechazado en el Congreso de los Diputados el pasado mes de marzo.
Sin embargo, la Cámara Baja sí aprobó un segundo decreto el pasado 18 de mayo, muy similar al primero, con 174 votos a favor (PP, Ciudadanos, PNV, UPN y Foro Asturias) y 8 abstenciones (PDECat).
Bruselas dijo entonces que entendía que España se ajustaba así a las normas de la Unión Europea, por lo que recomendaría al TJUE "congelar" la segunda multa de 134.107,2 euros diarios.
Tras conocerse el fallo, la eurodiputada de Izquierda Unida Paloma López declaró que pese a la rebaja sobre la cuantía esperada, la sentencia sanciona "a un Gobierno que ha actuado tarde y que, además, no ha querido buscar antes una solución acordada".
Durante todo el período de tramitación parlamentaria de la reforma, y también después de aprobado un real decreto, el sector ha vivido casi cinco meses de huelgas y protestas.
Hasta que el pasado 29 de junio sindicatos, liderados por la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), y la patronal Anesco alcanzaron un "principio de acuerdo" que contemplaba la subrogación de los estibadores portuarios actuales como preludio de un nuevo convenio colectivo y que aplacó el conflicto social del sector.
La patronal garantizó de ese modo el empleo antes de los ajustes de plantilla y los sindicatos se comprometieron a garantizar la estabilidad de los puertos y desconvocaron las cinco jornadas de huelga que iban a llevarse a cabo el 30 de junio y los días 3, 4, 6 y 7 de julio.