El Constitucional ha dictado una providencia de admisión de los dos recursos interpuestos por el Gobierno contra la sentencia, que además de invalidar el sistema de financiación imponía que se les restituyera a las grandes eléctricas las cantidades que habían pagado en los ejercicios de 2014, 2015 y 2016, según ha adelantado hoy el diario Cinco Días.
El Ministerio de Energía recurrió la decisión judicial al considerar que la aplicación de esa normativa le corresponde al Tribunal de Luxemburgo y no al Supremo.
El Ejecutivo ya interpuso en noviembre del año pasado un incidente de nulidad ante el propio Tribunal Supremo, que ratificó su decisión de octubre de declarar inaplicable el régimen de financiación del bono social eléctrico, un descuento del 25 % en la factura de la luz que tienen determinados consumidores considerados vulnerables.
Entonces el Gobierno alegó que se había vulnerado la tutela judicial efectiva, ya que el Supremo no planteó ni una cuestión de inconstitucionalidad ni una consulta prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El Supremo anuló en octubre del año pasado el régimen de financiación del bono social por incumplimiento de la exigencia establecida en la Directiva 2009/72/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece que "las obligaciones de servicio público deberán definirse claramente, ser transparentes, no discriminatorias y controlables".
La sentencia obliga a devolver a las grandes eléctricas las cantidades que abonaron por el bono social, que calculan que sumarían unos 500 millones de euros.
El mecanismo para financiar el bono social se ha modificado en 2017 a través de un real decreto que será aprobado en breve y que, una vez que cuente con todos los informes preceptivos, podrá comenzar a aplicarse.
A partir de ahora será costeado por todas las comercializadoras eléctricas y no sólo por las que desarrollan también actividades de generación y distribución, como ocurría hasta ahora. EFECOM
cga/sgb