Los pensionistas de viudedad acceden de forma general a un 52% de la base reguladora y, en algunos casos, cuando el beneficiario tiene hijos y demuestra carencia de recursos, puede llegar al 70%.
En 2011 se anunció el incremento general de la pensión de viudedad hasta un 60%, que hasta hoy no se ha aplicado. En todo caso, su aplicación tampoco supondrá un gran cambio económico.
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, entre otras cosas, anuncia que el porcentaje de la pensión de viudedad se va a incrementar. En concreto, los beneficiarios con 65 años o más van a percibir el 60% de la base reguladora en vez del 52%.
Como se observa, una primera limitación es la edad. No se va a conceder a todos los pensionistas, sino solo a aquellos que han cumplido 65 años. El resto de los viudos seguirán percibiendo un 52% (o en su caso 70% en especiales ocasiones) de la base reguladora.
Además de haber cumplido 65 años, se demandan otras condiciones:
No tener derecho a otra pensión pública. La pensión de viudedad es compatible con la de jubilación, de este modo aquellos que estén compatibilizando dichas ayudas seguirán recibiendo un 60%. No percibir ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia. La pensión de viudedad también es compatible con el trabajo. De acuerdo, con este requisito, si el mayor de 65 años continúa trabajando, tampoco podrá percibir el 60% En cualquier caso, en ningún caso se podrá percibir el 60% cuando se tengan cualquier otro rendimiento que supere, en cómputo anual, el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.Es decir, solo podrán percibir el 60% de la pensión aquellos que ahora pueden percibir complementos por mínimos para integrar su pensión de viudedad hasta la cuantía establecida como pensión mínima.
Posteriormente, las leyes de presupuestos de los años posteriores han propuesto la entrada en vigor de la mejora.
Recientemente, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha manifestado que próximamente va a entrar, por fin, en vigor, el derecho al 60% ¿Qué significaría esto? Básicamente que se elevaría del 52 al 60% solo a los que ya tengan 65 años y carezcan de rentas suficientes.
A este grupo de pensionistas ya se le está garantizando la pensión mínima a través del complemento por mínimos. De este modo muchos de ellos percibirían la pensión en vez de complementada a mínimos, por derecho propio, pero no verían en sí aumentado el importe de la pensión. Otra cosa es que a efectos de financiación ese 8% más se traslade en muchos casos a las cotizaciones y no a los impuestos, que es con los que se pagan los complementos por mínimos.
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