La Cyprus Securities and Exchange Commission (CySEC), el regulador del mercado chipriota, ha recordado en un comunicado que las firmas de inversión que vendan estos productos complejos deben incorporar nuevas medidas de protección a los inversores, con advertencias visibles en la página principal de sus webs.
Asimismo, reitera que el deber de estas entidades es cumplir "totalmente" con las recomendaciones de esta circular y "urge" a las mismas a hacerlo, así como que es necesario que los clientes minoristas que vayan a contratar estos productos firmen un consentimiento.
De esta forma, el supervisor chipriota incide nuevamente en su respuesta a una petición realizada en marzo por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que podrá actuar en caso de que las entidades del citado país no apliquen las medidas comunicadas por la CySEC en las operaciones con inversores españoles.
La circular del organismo chipriota se refiere a entidades de ese país que comercialicen en España entre inversores minoristas contratos por diferencia (CFD), productos forex u las opciones binarias.
Un CFD es un contrato entre dos partes para intercambiar la diferencia entre el precio de compra y el de venta de un activo financiero, cuyas principales características son su elevado apalancamiento (relación entre deuda y fondos propios), que se trata de contratos sin vencimiento y que permiten adoptar posiciones largas (compradoras) y cortas (vendedoras).
El supervisor bursátil recuerda que en marzo pasado ya puso en marcha algunas medidas para reforzar la protección de los inversores minoristas en España cuando inviertan en productos de alto riesgo como los señalados por la CySEC, que no considera adecuados para este tipo de clientes.
Con el fin de mejorar la protección de los inversores y dada la creciente internacionalización de los mercados de valores, la CNMV publica puntualmente estos anuncios en su página de internet, "www.cnmv.es", en la sección "advertencias".