La justicia aprueba la liquidación de la R-4 y abre la de la R-2
El juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid ha aprobado el plan de liquidación de la autopista de peaje en quiebra R-4, mientras que el Mercantil número 10 ha acordado abrir la fase de liquidación de la R-2, según sendos autos a los que ha tenido acceso Efe.
7 noviembre, 2017 12:40En junio, el juez ordenó la apertura de la fase de liquidación de la radial madrileña R-4, después de que lo solicitaran las dos sociedades que la explotan, Autopistas Madrid Sur Concesionaria Española e Inversora de Autopistas del Sur, que entraron en concurso voluntario de acreedores a finales de 2012 presionadas por una deuda de 575 millones y el descenso del tráfico.
Inaugurada en abril de 2004, la R-4 discurre desde la M-50, a la altura de las localidades de Pinto y Parla, hasta Ocaña (Toledo), de forma paralela a la A-4.
La autopista se convertirá así en la primera de las nueve vías de peaje en quiebra en revertir al Estado, que deberá hacer frente a la denominada Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) para saldar la deuda con los acreedores.
Por su parte, la fase de liquidación de la R-2, que une Madrid y Guadalajara, se ha abierto después de que en septiembre no prosperara la propuesta de convenio presentada por la concesionaria, sus acreedores y accionistas para intentar salvarla de la quiebra.
La propuesta contemplaba una quita de deuda y la extensión de los plazos de concesión y no pudo ser votada en Junta de Acreedores porque no asistió el representante del Estado.
Junto a estas vías, también están en concurso de acreedores las radiales madrileñas R-3 y R-5, la M-12 (Eje Aeropuerto), la AP-36 (Ocaña-La Roda), AP-41 (Madrid-Toledo), AP-7 (Cartagena-Vera) y la Circunvalación de Alicante.
La Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte (Seittsa) ha iniciado ya los trabajos para cumplir con el objetivo del Gobierno de volver a licitar estas autopistas, que está previsto que reviertan al Estado entre enero y abril de 2018.
La Ley de Contratos del Sector Público recoge que, en caso de que una concesión de obra pública entre en fase de liquidación en un concurso de acreedores, el contrato debe ser resuelto y la infraestructura tiene que revertir al Estado. EFECOM
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