De esta manera, ha cambiado la circular 4/2008, anexo 1, sobre fondos de inversión para que en los informes trimestral, semestral y anual incluyan "información sobre políticas de remuneración" y sobre "operaciones de financiación de valores y de reutilización" según establece la regulación europea. Existen algo más de 10 millones de partícipes de fondos.
También ha reformado la circular 7/2008 para que las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (SGEIC) -las entidades de capital riesgo (ECR) y otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC)- precisen en sus cuentas las comisiones que perciben.
En este sentido, les impone que efectúen "un nuevo desglose respecto a las comisiones por asesoramiento financiero a entidades gestionadas o a inversores, así como la posibilidad de especificar los vehículos en los que está delegada la gestión", además de cambiar los plazos de envío a la CNMV de su información reservada.
También ha introducido nuevas medidas sobre la circular 11/2008 por las que las entidades de capital riesgo (ECR) deberán proporcionar información referida al tipo de inversor que participa en el capital de estas sociedades (en principio solo pueden hacerlo inversores profesionales pero existen excepciones, como aportar un mínimo de 100.000 euros o reconocer por escrito el riesgo).
La CNMV también ha incluido otros cambios en las circulares 7 y 11 de 2008 por los que obliga a presentar a las SGEIC y ECR el informe anual como documento electrónico normalizado.
Además ha retocado la circular 1/2010 para incluir un nuevo modelo de información de las gestoras de instituciones de inversión colectiva (IIC) de la Unión Europea que operan en España a través de sucursales, a efectos de facilitar las labores supervisoras que la CNMV tiene encomendadas sobre éstas.
La CNMV ha introducido estos cambios al tiempo que ponía a consulta del sector inversor un proyecto de circular sobre "los modelos de información reservada y pública de las sociedades gestoras de fondos de titulización (SGFT)".
El organismo supervisor ha elevado este proyecto con la finalidad de poder realizar "las labores de supervisión" que le ha encomendado sobre estas sociedades la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial.
El texto entregado al debate público, que se puede consultar en la página web de la CNMV (http://www.cnmv.es/DocPortal/DocFaseConsulta/CNMV/ProyectoCircularS GFT.pdf) y enviar los comentarios sobre el mismo a la dirección de correo electrónico supervisioniicecr@cnmv.es.