La Asociación Empresarial del Seguro reacciona así al nuevo reglamento del Gobierno que permitirá rescatar, a partir de 2025, las aportaciones realizadas a sistemas de previsión social con más de diez años de antigüedad y su correspondiente rentabilidad sin establecer ningún tipo de límite máximo.
Unespa entiende que hubiera sido "más razonable" analizar qué otros supuestos de liquidez excepcional se podrían haber introducido en la norma ampliando el espectro de aplicación de los actuales --incapacidad, enfermedad grave o desempleo de larga duración-- a los conyuges o parejas de los partícipes, o a sus hijos.
En cualquier caso, la patronal del seguro estima que un límite máximo de disposición de 10.000 euros anuales sería "suficiente" para atender una situación de necesidad excepcional que le pudiera surgir al partícipe.
Además, asegura que la industria no ha sido nunca "muy partidaria" de un rescate sin límites de los planes de pensiones una vez pasados diez años. En este sentido, recuerda que una de las características básicas de estos productos para pensiones es su iliquidez hasta la jubilación.
"Si el ahorro acumulado en el producto se recupera antes de la jubilación para acometer determinados gastos, salvo que estos respondan a situaciones de verdadera necesidad, no se ha cumplido el fin que se buscaba. Es decir, no se ha logrado que el ciudadano disponga de unos recursos complementarios a su pensión pública de jubilación cuando se retire", asegura la patronal.
Con esta iniciativa el Ejecutivo busca incentivar las aportaciones del estrato más joven de la sociedad a los sistemas de previsión social complementaria, pues la iliquidez de estos productos frena el interés por parte de los más jóvenes, según explicaron desde el Ministerio de Economía.
La nueva medida del Gobierno para impulsar los sistemas de previsión social complementaria también contempla sustituir la comisión máxima de gestión de los planes de pensiones, fijada actualmente en el 1,5%, por un sistema de tres tramos en función de las diferentes políticas de inversión de los propios fondos.
En concreto, la comisión máxima de gestión de los fondos de renta fija se reducirá hasta el 0,85%, mientras que en el caso de la renta fija mixta el importe máximo se reduce hasta el 1,3%. Para el resto de fondos --renta variable y fondos garantizados-- la comisión de gestión máxima se mantiene en el 1,5%.
Así consta en un proyecto de Real Decreto que modificará el reglamento de los planes y fondos de pensiones --aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero--, que se encuentra en un periodo de audiencia pública y que está previsto que se apruebe en Consejo de Ministros en un plazo de unos seis meses.