Este reglamento, de aplicación a partir del 31 de diciembre, establece la obligación de los comercializadores de productos empaquetados de inversión dirigidos a minoristas y productos de inversión basados en seguros de elaborar un documento de información estandarizado y entregarlo a los potenciales clientes con antelación suficiente antes de su adquisición.
El documento tiene un máximo de tres páginas y su objetivo es recoger de forma "clara y resumida" información relevante sobre los productos para facilitar su comprensión y comparación con otros productos de inversión.
Paralelamente el organismo que preside Sebastián Albella ha actualizado el documento de preguntas y respuestas sobre la aplicación de MiFiD II publicado el pasado 30 de octubre ante la inminente entrada en vigor de la directiva comunitaria.
La CNMV explica que realiza esta actualización del documento al disponer de un mayor grado de información en relación a MiFid II, tanto con respecto a la trasposición al ordenamiento jurídico nacional como en cuanto a la interpretación a nivel europeo de las cuestiones en discusión.
Ambos documentos tienen como finalidad transmitir al sector y, en concreto, a las entidades que prestan servicios de inversión, criterios de interpretación para una adecuada aplicación de las obligaciones derivadas de las dos normas citadas, explica la CNMV.