Laura Palacios Escrig
Abogada de Carrau Corporación
A ello, además de los gastos por suministros, cada vez más abultados, e impuestos y tasas municipales, que tampoco dejan nunca de tocar techo, hemos de añadir los gastos de algunas familias en bienes de consumo; las más conservadoras en el gasto han sabido moderar dicho consumo en pos del ahorro; las menos, se enfrentan mensualmente a otros recibos de montantes importantes, en pago de sus vehículos o, con frecuencia, de las tarjetas de crédito con las que se financian las más variadas adquisiciones.
La suma de todos estos cargos en cuenta es un auténtico quebradero de cabeza para el gestor de la economía doméstica; al calor de ello, han surgido ¿agencias negociadoras¿, que se ofrecen a mediar entre particulares y bancos y entidades financieras para tratar de reunificar todas esas deudas en un único pago, con una reducción de la cuota.
A priori, visto así, el planteamiento triunfa, ¿Quién no quisiera reducir la suma de toda la financiación que soporta a un único pago, abonando una cuota, entre el 50 o 60% inferior?. No obstante, hemos de plantearnos, cuál es la contrapartida? ¿Merece realmente la pena?.
La reunificación de las deudas se puede hacer con o sin hipoteca; en ocasiones, cuando el particular tiene un contratado un préstamo hipotecario, y está al corriente de sus cuotas, la mecánica consiste en ampliar el mismo en una cantidad que permita amortizar por pago, el resto de préstamos que restan pendiente de pago, que serán liquidados. No hemos de olvidar que ello supondrá, por un lado, gastos para la ampliación de la hipoteca (escritura notarial y aranceles del procurador, con sus correspondientes impuestos, así como una nueva tasación del inmueble hipotecado), y por otro lado, gastos de amortización total del resto de préstamos que cancelamos. No debemos dejar de tener presente, además, que, casi con seguridad, el plazo de amortización de la hipoteca se verá ampliado, y que puede que se aproveche la ampliación para cambiar las condiciones financieras de la hipoteca inicial, modificando, por ejemplo, a la alza, el tipo de interés pactado. Unificar las deudas por distintos conceptos en el préstamo hipotecario conlleva el hecho de que un préstamo que en principio se había suscrito para la adquisición de lo que, en la mayor parte de los supuestos, constituye la vivienda actual, soportará el pago de bienes de consumo cuya depreciación no es comparable con la de los bienes inmuebles.
Cuando la reunificación de deuda se hace sin hipoteca, son los ingresos mensuales del interesado los que sirven de garantía del pago de las cuotas; con frecuencia, se exige la aportación de varias nóminas, certificado de vida laboral, o del cobro de pensiones. En este caso, la unificación se hace a través de la contratación de un préstamo personal nuevo, por la suma de las cantidades pendientes de los distintos préstamos vivos, y cuyo importe se destinará a su amortización total. Igualmente, ello supone gastos de constitución del nuevo préstamo y de amortización total de los que se liquidan. Es fundamental también tener claro el interés que se va a tener que asumir al contratar este segundo préstamo (en ocasiones la cuota mensual es, ciertamente, menor, pero hemos de valorar el importe total de los intereses asumidos durante toda la vida del préstamo. Un interés pactado de más del 6% supera el interés actual de mercado de los préstamos al consumo).
En uno u otro supuesto, la unificación de deudas se puede suscribir, bien a través de los propios bancos o bien, mediante las denominadas agencias negociadoras; en este segundo caso, a nuestra previsión de gastos por la unificación deberemos añadir la correspondiente comisión por su labor de intermediación.
Solo cabe decir que tenemos que valorar, como siempre, los pros y los contras de las decisiones que vamos a tomar; contratar uno u otro producto financiero exige ponderar diferentes variables, como hemos visto. Y, sobre todo, no nos debemos dejar convencer por cantos de sirena: un excesivo endeudamiento a causa de una mala política de gastos domésticos, o una caída drástica de los ingresos por cualquier circunstancia, no se va a solventar con la unificación de los créditos. En el primer caso, sólo va a contribuir a agrandar la deuda cual bola de nieve que desciende sin control. Sólo quedaría esperar pagar lo debido, aprender de los errores y elegir comportamientos más acordes con el ahorro. La solución al segundo caso, desgraciadamente, no está en nuestras manos.