La norma obliga a las entidades financieras a recabar el consentimiento informado del cliente en la comercialización de productos especialmente complejos.
En concreto, los clientes minoristas deberán escribir, de forma manuscrita, una expresión en la que reconocen que están adquiriendo instrumentos "difíciles de entender" que no son "convenientes" para su perfil de inversión dado su nivel de riesgo.
El organismo que preside Sebastián Albella entiende como productos especialmente complejos los CFD y las operaciones binarias, los instrumentos de deuda que computan como recursos propios de las entidades --como CoCos, preferentes o algunos tipos de deuda subordinada (AT1 y AT2)-- y algunos productos estructurados complejos y derivados OTC.
En cualquier caso, la Circular dispone de mecanismos de flexibilidad que permitirán a la CNMV introducir nuevos instrumentos en caso de ser necesario, por lo que no se descarta la incorporación de productos relacionados con las criptomonedas, según fuentes del supervisor.
En este sentido, la CNMV ha asegurado este martes que continuará monitorizando los instrumentos financieros que supongan exposición de inversores a criptomonedas y evaluará la necesidad de medidas más estrictas.
ADVERTENCIAS SOBRE RECAPITALIZACIÓN INTERNA
La norma publicada este martes también obliga a las entidades de crédito y a las empresas de servicios de inversión a advertir del riesgo de pérdidas que entrañan los instrumentos que pueden verse potencialmente afectados por un ejercicio de recapitalización interna ('Bail-in'), como las acciones, y de la existencia de diferencias significativas entre el importe efectivo al que se realiza la compra o venta con el cliente y el valor estimado del producto.
La circular, compatible con la Directiva MiFid II, entrará en vigor a finales de junio, tres meses después de su publicación en el BOE, y su tramitación ha incluido informes de la Comisión Europea, el Consejo de Estado y el Comité Consultivo de la CNMV.
Para los instrumentos adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, las entidades deberán realizar las advertencias requeridas en el primer extracto de posición que se remita a los inversores, aunque este aviso deberá efectuarse solo una vez.
BUSCA ANTICIPARSE A TIEMPOS DE CRISIS
Según fuentes de la CNMV, la norma busca anticiparse a posibles periodos en los que disminuya el apetito del mercado y en los que las entidades podrían intentar comercializar productos complejos entre inversores minoristas.
De hecho, recordaron que, desde 2012, las colocaciones de este tipo de instrumentos están dirigidas a inversores institucionales en las que el pequeño inversor no tiene acceso.
Por tanto, la nueva medida busca adelantarse a tiempos de crisis en los que el mercado institucional no muestre interés por este tipo de productos y las entidades puedan retomar su colocación entre pequeños inversores.
"El objetivo es aumentar la protección del inversor minorista reforzando su consentimiento informado y mejorando la transparencia informativa en la distribución de protección de instrumentos financieros", expone el supervisor.
ESMA PROHÍBE OPCIONES BINARIAS E IMPONE LÍMITES A LOS CFDs
En paralelo la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha anunciado este martes un acuerdo para prohibir la publicidad y venta de opciones binarias a inversores minoristas, así como la introducción de una serie de restricciones en la comercialización de contratos por diferencias (CFDs), incluyendo la introducción de límites al apalancamiento de los usuarios con el fin de que los clientes "no pierdan más dinero del invertido".
La ESMA, junto con las autoridades nacionales competentes, ha llegado a la conclusión de que "existe una preocupación significativa sobre la protección de los inversores en relación con los CFDs y opciones binarias ofrecidos a inversores minoristas" debido a la complejidad de estos productos financieros y la falta de transparencia.
La CNMV considera que la adopción por ESMA de estas medidas es "especialmente adecuada", ya que se trata de productos con un alto nivel de distribución transfronteriza y por medios electrónicos en toda Europa.
En relación a la Circular, la CNMV anunció, tras su aprobación, que transmitiría al sector las pautas que resulten "necesarias" para hacer coherente la aplicación de la norma con el contenido de las medidas acordadas por ESMA.