Con esta nueva norma se pretende "equilibrar el sector del VTC en relación con el del taxi y garantizar una convivencia equilibrada entre los dos sectores", según indicó el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, en la rueda de prensa del Consejo de Ministros.
El Real Decreto Ley, que deberá ser convalidado en el Congreso, se aprueba en tanto se espera que el Tribunal Supremo se pronuncie próximamente sobre este ratio de limitación entre las dos formas de transporte urbano.
El Alto Tribunal se pronunciará a partir del recurso que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) presentó en contra de esta limitación, cuando el Gobierno la aprobó por Real Decreto en noviembre de 2015.
Ahora, con la aprobación del nuevo Real Decreto Ley, el Ejecutivo pretende elevar a rango legal el ratio entre los VTC y el taxi ante la previsión de que el Supremo pudiera anularla.
El nuevo texto legal también pretende fijar por ley el porcentaje de servicios que las empresas como Uber pueden realizar dentro y fuera de la comunidad autónoma en la que tienen licencia, de forma que los transporte fuera de la región no superen el 20% de los totales.
Además, el Real Decreto Ley supondrá asimismo modificar un artículo de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres para que etablezca que la Conferencia Nacional de Transportes se encargue de promover y coordinar medidas procompetitivas para el sector del taxi con el fin de mejorar el sistema de transportes.
La aprobación de este nuevo texto legal, que ahora cuenta con un mes para lograr apoyos suficientes de otras formaciones políticas y ser convalidado por el Congreso, tiene lugar apenas cuatro meses después de que Fomento aprobara las últimos requisitos que impuso a los VTC.
En concreto, en diciembre de 2017 el Gobierno aprobó por Decreto Ley la prohición de vender licencias para prestar estos servicios en los dos años siguientes a su consecución y la obligación de dar cuenta en un registro público de todos los servicios que realicen, con el fin de comprobar que se efectúan legalmente.
Se da la circunstancia de que estas medidas también fueron recurridas por la CNMC ante el Supremo, al considerar que son injustificadas y contrarias a la libre competencia, y que además perjudican a los usuarios de esos servicios.