La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 ha finalizado la instrucción por las operaciones de crédito presuntamente irregulares de la CAM con la sociedad Valfensal, para adquirir hoteles y parcelas en el Caribe.
Asimismo, la magistrada entiende que, además de por los anteriores delitos, existen indicios para juzgar a los empresarios Juan Vicente Ferri y José Salvador y a José Francisco Climent también por seis delitos contra la Hacienda Pública correspondientes a los ejercicios fiscales entre 2008 y 2013.
A partir de ahora, las partes cuentan con un plazo de diez días para que soliciten la apertura de juicio oral, mediante escrito de acusación, o bien el sobreseimiento de la causa, al tiempo que acuerda el archivo de las actuaciones respecto de otras once personas y señala como eventual responsable civil solidaria a Valfensal.
En su auto, Lamela describe las operaciones de crédito sospechosas, fundamentalmente en México y República Dominicana, y señala que el informe pericial de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil detecta "una serie de irregularidades comunes".
Entre ellas, la documentación previa a la aprobación de la operación, la información aportada por Baldó y Ferri a los directivos de la sociedad TIP, la tasación sobre terrenos, estudios previos de mercado o estudios jurídicos, los cuales "fueron muy deficientes y no se respetaron las vías establecidas para llevar a cabo las propuestas de financiación que realizaba Valfensal".
Dichas propuestas eran aprobadas por la Comisión de Riesgos de Central el mismo día que eran tramitadas, o al día siguiente.
López Abad y Daniel Gil, entonces director general de Empresas, habrían consentido que "ambos empresarios dispusieran de elevadas cantidades económicas y las utilizasen en aquella inversión que estimasen más oportuna, contribuyendo con esta operativa a generar una confusión entre préstamos e inversiones efectivamente realizadas".
En su auto, Lamela recuerda que tal y como consta en el informe emitido por la auditora Deloitte en 2011, y en el expediente sancionador del Banco de España de 2012, "es difícil concebir que toda la actividad desplegada por los querellados en el seno de la CAM y e TIP se realizara totalmente al margen de sus órganos directivos, pese a las importantes sumas que salieron de la entidad.
Así lo entendió el Banco de España, prosigue Lamela, que en su expediente reflejó que los miembros de la comisión de Control de CAM, por ser a la vez miembros de la comisión de Control de TIP, no pueden considerarse ajenos a las deficiencias en los sistemas de control y transparencia de las operaciones de inversión realizadas por TIP.
Dichas deficiencias supusieron unas pérdidas, en relación a las operaciones que ahora nos interesan, de más de 25 millones de euros", apunta.
El 22 de julio de 2011 el Banco de España, tras la intervención de la CAM, comunicó la sustitución provisional de los miembros del órgano de Administración de la entidad y designó al FROB como administrador provisional.
Por ello, las pérdidas incurridas fueron asumidas posteriormente por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) a través de una inyección de capital en diciembre de 2011.
Las operaciones realizadas a través de TIP supusieron 1.011 millones de euros del total inyectado y ha ocasionado unos perjuicios de 28 millones de euros para el Fondo de Garantía, añade el auto.