La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, ordena la restitución de las cantidades a pesar de que la persona de la sociedad que formalizó el contrato falleció, basándose en que el banco no le suministró la información a la que estaba obligado por ley. La Justicia también obliga al banco a abonar las costas causadas por el procedimiento, es decir, los gastos de abogado y de procurador.
Esto, unido a la confianza del cliente en la entidad, propició la existencia de error en su consentimiento. Además, ha podido acreditarse que la documentación fue rellenada por el propio empleado de la oficina debido a que la firma se produjo en poco menos de tres minutos.
"Se llega a la conclusión que el test de idoneidad y el test de conveniencia, así como la falta de firma en el tríptico supone reconocer que en escaso tres o cuatro minutos no se puede sino concluir que fue rellenado por el empleado del Banco que comercializo el producto", reza la sentencia.
De este modo, ante la complejidad del producto y el riesgo que genera para el inversor, la entidad financiera está obligada a suministrar al inversor minorista una información "especialmente cuidadosa", de forma que le quede claro que, a pesar de que en un primer momento su aportación de capital tiene es similar a la de un depósito remunerado a tipo fijo --normalmente muy alto--, en un futuro se convertirá en accionista del banco.
La asunción del papel de accionista implica que puede se puede perder total o parcialmente la inversión, incluso, aunque no la pierda, puede dejar de obtener dividendos. "Si no se informa bien al inversor, el atractivo de un rendimiento alto en una primera fase puede originar en el consumidor un error relevante, al no percibirse debidamente los riesgos reales", subraya.
"Las reclamaciones ante los diversos Juzgados prosperan satisfactoriamente y las sentencias favorables son cada vez más numerosos, lo que sin duda allana el camino para obtener un restitución de los importes invertidos", asevera el despacho Unive Abogados, que ha interpuesto numerosas querellas ante la Justicia en relación al 'caso Popular'.