Por Yolanda González
Con el objetivo de que aumentar el número de beneficiarios del descuento en la factura de la electricidad, el Gobierno pretende ampliar este viernes en el Consejo de Ministros el plazo para solicitar el bono social. Fuentes del Ministerio para la Transicón Ecológica han asegurado a Invertia que la fecha límite quiere posponerse hasta al menos finales de este año.
El ejecutivo de Sánchez manteniene el bono social aprobado por el PP pero incluye algunas medidas que tratan de garantizar una mayor cobertura. Entre las novedades se cuenta un bono térmico destinado a los consumidores vulnerables de las zonas más frías del país durante los meses de invierno. Podrán beneficiarse de esta ayuda a la calefacción, el agua caliente y la cocina quienes ya dispongan del bono social eléctrico.
QUÉ ES EL BONO SOCIAL
Es la ayuda establecida por el Gobierno para abaratar la factura eléctrica. El bono social supone un descuento de un 25% para consumidores vulnerables y de un 40% para consumidores vulnerables severos. La reducción llega a ser del 50% si se trata de un consumidor en riesgo de exclusión social que está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local. Además, a este tipo de consumidores no se les podrá interrumpir el suministro eléctrico en el caso de poder hacer frente al pago. Algo que se aplica a todos los hogares beneficiarios si en la familia hay un menor de 16 años.
Otra de las ventajas con las que cuentan los beneficiarios del bono social de electricidad es que disponen de más tiempo para hacer frente a los impagos de las facturas. Mientras que para el resto de los consumidores tiene 2 meses para hacerlo, el periodo de los bonificados es de 4 meses.
QUIÉN TIENE DERECHO AL BONO SOCIAL
Para determinar quién puede beneficiarse del bono social se utiliza el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Se trata de un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Uno de los requisitos que se establece para acceder a este tipo de ayudas es el nivel de renta. El límite se calcula multiplicando un valor por el IPREM. Si la renta del solicitante es mayor que ese valor queda excluido de la ayuda.
De esta manera, entrarían en la categoría de consumidores vulnerables, y se les aplicaría un 25% de descuento, las familias sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM. En el caso de las familias con un menor, los ingresos no deberán duplicar el IPREM. Para las familias con dos menores la resta deberás ser menor a 2,5 veces el IPREM. Todas las familias numerosas entran en esta categoría sea cual sea su nivel de ingresos.
El descuento es del 40% para quienes son considerados consumidores vulnerables severos. Entran en esta categoría los hogares que tienen menos recursos o están en riesgo de exclusión social, las familias numerosas cuya renta sea menor al doble del IPREM y los pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente.
CÓMO SOLICITARLO
El bono social puede solicitarse a alguna de las comercializadoras de referencia, ya que son ellas y no el Estado las que financian el bono social. Por norma general, se debe presentar fotocopia del NIF o NIE y el certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar y el libro de familia.
Quienes sean beneficiarios del bono por alguna razón más allá de la renta, deben acreditar la documentación necesaria como es una copia del título del familia numerosa en vigor, el certificado de pensionista o el documento acreditativo de discapacidad, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.