Desconcierto absoluto. Caos. Confusión. Son solo algunas palabras que definen el estado de ánimo de los principales banqueros del país, después de la vuelta de tuerca del Tribunal Supremo que ahora estudia si confirmará o no la sentencia en la que este jueves reconocía que los bancos debían pagar el AJD vinculado a la firma de una hipoteca.

A la espera de conocer la decisión final, las entidades se muestran perplejas. Y no solo por las idas y venidas del Tribunal. También por cómo este impuesto, que hasta ahora pagaban los clientes, afectará a sus beneficios. Para empezar, porque se desconoce si el fallo tendrá o no carácter retroactivo y, si es así, desde cuándo.

La industria ha dejado claro que se hará cargo del pago únicamente a partir de ahora. El mensaje es contundente y unánime: no hay retroactividad posible y, si la hay para estos últimos cuatro años, habrá batalla judicial que demorará el cobro por parte del cliente.

Según explican desde el sector, el caso del AJD ¿no es como otros que hemos vivido con cláusulas abusivas como en las cláusulas suelo¿. ¿La sentencia no discute el carácter abusivo del impuesto. De hecho, en otras anteriores de la sala civil, el Supremo ya dijo que la cláusula de los contratos bancarios en la que se imponía el gasto del impuesto al prestatario no era abusiva porque se apoyaba en la normativa vigente¿, aseguran desde una entidad financiera nacional.

¿El impuesto se lo llevó Hacienda y Hacienda ha de pagarlo¿, afirman con crudeza desde otra entidad consultada. Sin embargo, matizan que eso no impide que la Administración reclame a las entidades los últimos cuatro años del tributo. ¿En ese momento, habrá que analizar qué piden y en qué condiciones, pero lo que está claro es que se trata de un tema impositivo y no lo debe pagar la banca¿, insisten.

El departamento jurídico de otra entidad nacional asegura que si Hacienda atiende la devolución del impuesto (o si decide que no paga, pero los tribunales estiman que sí procede la devolución), la Administración no podría exigir al banco que haga frente a ese pago. ¿Sería exigir el impuesto a quien no era sujeto pasivo según la norma vigente en el momento de la liquidación y, si así se hiciera, se recurriría este acto¿, explican fuentes jurídicas consultadas. ¿Lo más probable es que se estimase el recurso y si el tribunal aprecia que procede esta exigencia del impuesto al banco, sería una aberración jurídica¿, aseveran.

PREPARADOS PARA LO PEOR

¿Que quede claro. No lo vamos a pagar¿, insisten desde otra entidad consultada. Sus directivos se muestran seguros de que ¿no hay discusión posible¿ ya que, a su juicio, la ley deja claro que los impuestos prescriben a los cuatro años ¿y si Hacienda nos lo reclama, veremos cómo actuamos cuando llegue el momento¿.

Todo apunta a que ese ¿veremos cómo actuamos¿ ya está más que definido en el sector. Los bancos tienen claro que tendrán que hacer frente a una avalancha de reclamaciones en un nuevo proceso judicial ¿que puede ser largo y con un final muy distinto al de otros casos como el de las cláusulas suelo¿, insisten.¿Iremos a los tribunales, a las audiencias provinciales¿ y no hay que descartar que el mismo Supremo cambie de nuevo de criterio en unos años¿, explican desde las entidades. Por ahora, el propio Supremo aún tiene que confirmar si lo anunciado el jueves es la nueva doctrina o si, en cambio, se sigue el criterio anterior.

Los bancos reconocen que sus departamentos jurídicos han comenzado a estudiar todas las posibilidades. Entre ellas, que las entidades se vean obligadas a realizar mayores provisiones por litigios ante el escenario judicial que se avecina, además de para el nuevo pago de impuestos. ¿A principios de año el Supremo dijo que el impuesto lo pagaba el cliente, con lo que habrá entidades que habrán liberado provisiones destinadas a este frente que ahora les vuelve de nuevo¿, aseguran en el sector. En este sentido, algunas entidades reconocen que ¿habrá que hacer más provisiones, pero será a final de año cuando detallemos los números¿. Los bancos apuntan a que los datos definitivos podrían conocerse en las presentaciones de resultados anuales, que tradicionalmente se celebran entre finales de enero y principios de febrero.

Mientras se definen aspectos clave y aún no aclarados de la sentencia, como la retroactividad, la forma en la que Hacienda devolverá los impuestos o, incluso tras el viraje de este viernes, su propia aplicación, el sector confía en que el impacto de estas nuevas provisiones derivadas de los posibles litigios no será grave en sus beneficios. ¿Los colchones no se hacen y deshacen de la noche a la mañana¿, indican desde la industria. ¿Sabíamos que este caso no estaba cerrado y también que tardará en hacerlo¿, indican.