Así lo advierte el organismo en un análisis sobre la evolución reciente de la deuda comercial de las administraciones públicas españolas, en el que subraya que una cuantía elevada de deuda comercial, junto con un retraso elevado en el periodo medio de pago a proveedores, puede acarrear consecuencias negativas sobre las empresas proveedoras, especialmente en momentos de restricción crediticia como las experimentadas durante la última crisis.
Esto es, señala el Banco de España, aún más relevante aún en el caso de España, debido a que la mayor parte del tejido empresarial está constituido por pequeñas y medianas empresas, que se enfrentan a mayores dificultades de financiación, de forma que un retraso en el pago por parte de las administraciones "puede suponer que la empresa tenga que ajustar su estrategia de producción y retrasar las decisiones de inversión y contratación".
Si finalmente, la Administración acaba no resarciendo sus facturas pendientes, el impacto podría ser aún más significativo, dependiendo de la estructura y la magnitud de los créditos comerciales, llegando incluso a poner en peligro su viabilidad, avisa.
No obstante, apunta que, aunque las administraciones españolas se han situado históricamente por encima del promedio europeo, tanto en términos de deuda comercial como en retrasos en los pagos, el plazo de pago a proveedores hasta 2014 fue de 124 días de retraso sobre el límite legal de 30 días, plazo que se ha moderado desde entonces hasta situarse en 26 días en 2018.
Según el Banco de España, el Fondo de Financiación de Pago a Proveedores puesto en marcha por el Gobierno de Mariano Rajoy supuso "un soporte para la actividad económica" al facilitar la viabilidad de las empresas proveedoras así como reducir la caída de la inversión e incentivar la creación de empleo.
Aunque el fondo se extinguió en diciembre de 2014 pasando a formar parte de los fondos de financiación de CCAA y ayuntamientos, subraya que la reducción del stock de deuda comercial que conllevó la puesta en marcha de estos fondos "ha permitido contener el PMP en los últimos años".
POR ADMINISTRACIONES
Por administraciones, con datos de Hacienda, la Seguridad Social ha situado su PMP cerca del plazo legal de pago a 30 días; la Administración Central lo ha reducido a 17 días en septiembre respecto al máximo de 50 días registrado en agosto de 2017, y las CCAA lo han reducido a 9 días.
En cuanto al stock de deuda comercial, las CCAA han disminuido este tipo de deuda desde el máximo de noviembre de 2015 (1,2% del PIB) hasta el 0,3% del PIB en septiembre, mientras que las corporaciones lo cales lo han mantenido, en torno a 0,3 puntos porcentuales de PIB, que se ha reducido hasta situarlo por debajo del 0,2% en septiembre.
El organismo destaca que ocho regiones cumplieron el PMP en septiembre, frente a una en septiembre de 2014, al tiempo que el máximo de la deuda comercial se ha reducido desde el 1,5% del PIB registrado por Extremadura y Valencia hace cuatro años hasta el 0,9% de Cantabria este año. Sin embargo, recalca que sigue existiendo una "marcada persistencia en el incumplimiento" como refleja la elevada relación entre el volumen de deuda total y el de deuda comercial y de PMP.
Por el contrario, avisa de que la heterogeneidad en corporaciones locales ha aumentado desde 2014, principalmente por las de menor tamaño, de forma que solo en un 28% habría empeorado el PMP desde hace cuatro años, mientras que el porcentaje de cumplimiento ha aumentado en 26 puntos porcentuales en los últimos cuatro años.
MURCIA Y VALENCIA, BAJO LAS MEDIDAS PREVENTIVAS POR INCUMPLIDORAS
En el análisis el organismo subraya que la ley contempla la aplicación de mecanismos de corrección exigentes en caso de incumplimientos reiterados de los plazos, fijado en 30 días para las operaciones comerciales, si bien permite ampliar dicho periodo a 60 días previo acuerdo de las partes.
La ley contempla diversas medidas para prevenir y corregir incumplimientos por parte de las administraciones públicas con respecto a los plazos legales. Así, fija cuatro fases preventivas y una coercitiva; la primera se activa ante el incumplimiento del periodo medio de pago a proveedores, mientras que las tres fases preventivas restantes y la coercitiva se activan con el incumplimiento de dos meses consecutivos adicionales.
Para salir del sistema de control, la administración pública incumplidora ha de reducir su PMP por debajo de los 30 días legales durante seis meses consecutivos. Aragón y Extremadura salieron en marzo del año pasado del sistema de control tras cumplir con el PMP durante seis meses consecutivos.
En la actualidad, sólo dos CCAA se encuentran en el proceso de incumplimiento del PMP, en la tercera fase de medidas preventivas (Murcia y Valencia).