La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha decidido levantar el cerco a los cortos que mantenía en vigor desde hace un año. El supervisor comunitario elimina la obligación de notificar al supervisor nacional cualquier posición bajista en una cotizada desde un 0,1% de su capital social para volver al umbral previo a la pandemia del 0,2%.
En un comunicado emitido este martes, ESMA informa de que "ha decidido no renovar" esta obligación, que llevaba vigente desde el 16 de marzo de 2020. En este sentido, el organismo "considera que las circunstancias actuales de los mercados financieros se alejan de la situación de emergencia" que hace un año recomendó su adopción de urgencia y con carácter inmediato.
Entre los factores que la institución comunitaria señala para este paso de vuelta a la normalidad, se apunta "previsiones del PIB muestran un moderado optimismo para la recuperación, una reducción de la volatilidad" y el hecho de que "los principales índices bursátiles de la UE se acercan a los niveles previos a la pandemia". Una circunstancia que no es de aplicación para el Ibex 35, que está aún a más de un 10% de igualar estas cotas.
Bajistas en retirada
Del mismo modo, la ESMA defiende que el volumen de "posiciones cortas netas está disminuyendo en toda la UE", algo que a su modo de ver "reduce el riesgo de que las presiones de venta puedan iniciar o exacerbar posibles desarrollos negativos". Una opinión que comparte con la Autoridad de Vigilancia del Acuerdo Europeo de Libre Comercio (EFTA), que también dejará decaer la medida de control.
La última renovación de la obligación de comunicar posiciones cortas a partir de un 0,1% expirará el próximo viernes 19 de marzo de 2021. De este modo, las últimas notificaciones por este motivo deberán trasladarse a las autoridades supervisoras nacionales de cada mercado a más tardar a las 15:30 horas del lunes 22 de marzo de este año.
A partir de este sábado, volverá a ser de aplicación la normativa habitual a este respecto de la UE, que obliga a notificar a las autoridades nacionales competentes las posiciones cortas equivalentes al menos al 0,2% del capital emitido de un valor. No obstante, el umbral que obliga a comunicar públicamente dicha posición bajista es del 0,5%.