Pantallazo de la web de Arbistar 2.0.

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Criptomonedas

La Audiencia Nacional investigará la estafa piramidal con criptomonedas de Arbistar

La magnitud de esta supuesta red sin inversiones reales podría llegar a 32.000 víctimas y un perjuicio económico de más de 100 millones.

J.M.P.
Publicada

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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha aceptado la inhibición de un juzgado de Arona (Tenerife) para investigar la mayor trama piramidal relacionada con criptomonedas a través de la empresa Arbistar 2.0 SL. Según informa la propia Audiencia Nacional, la cifra de víctimas de esta supuesta estafa podría llegar a 32.000 cuentas afectadas, mientras que el perjuicio económico podría superar los 100 millones de euros.

En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 4 considera que los investigados, bajo la dirección de Santiago Fuentes Jover, podrían haber cometido los delitos de estafa agravada, organización criminal y delito continuado de falsificación en documento mercantil. En este sentido, se apunta a una red piramidal pura en la que nunca llegó a producirse realmente una inversión de los capitales captados en criptomonedas.

Asimismo, la resolución explica que los investigados, mediante la utilización instrumental de Arbistar 2.0 SL, de la que Fuentes Jover es administrador único y cuyo objeto social es “el desarrollo y promoción en aplicaciones de criptomonedas semiautomatizadas”, han urdido presuntamente una trama defraudatoria en el mercado de las criptomonedas.

Un 15% de rentabilidad mensual

Esta trama, continúa, prometía a los inversores rentabilidades de entre el 8% y el 15% mensual, pagándoles semanalmente, siempre los sábados, dándoles la opción de sumar estas rentabilidades a las cantidades iniciales invertidas o bien optar por el reembolso. Sin embargo, "lo que esta trama hizo presuntamente fue utilizar una parte del dinero obtenido de los inversores para entregarlo a otros inversores anteriores [...], lo cual generaba una gran confianza en ellos acerca de que su inversión era segura y muy rentable", relata la resolución.

Con esta supuesta práctica se conseguía que "ellos mismos se incentivaban para invertir una mayor cantidad de dinero con la esperanza de obtener un beneficio aún mayor". Además, así se incitaba a nuevos miembros a participar de este supuesta inversión con "beneficios casi inmediatos".

Método de captación

A estos efectos, según el auto, a los inversores se les ofertaba también un “plan amigo” a partir del cual si los clientes conseguían incluir nuevos clientes tendrían una compensación. De este modo la empresa, a partir de programas de marketing, consiguió engordar exponencialmente las entradas de capital. 

Finalmente, el sistema habría colapsado una vez que, a partir del mes de agosto de 2020 varios inversores solicitaron la retirada de sus fondos. Su solicitud no fue atendida y la ausencia de las prometidas inversiones en criptomonedas habría quedado al descubierto.

En virtud de las pesquisas realizadas hasta la fecha, el juez explica los números por los que apuntaba a la competencia de la Audiencia Nacional en este caso. Así, señala que “la cifra de perjudicados en la causa objeto de inhibición (1.127 ya determinados, pudiéndose alcanzar un número superior a los 32.000 a la vista del número de cuentas afectadas), su distribución por el territorio de más de 30 audiencias provinciales, así como el perjuicio patrimonial producido (41.481.766,22 euros ya cuantificados, pudiendo superar los 100 millones de euros)".