Representación física de distintas criptomonedas.

Representación física de distintas criptomonedas. Pixabay

Criptomonedas

La industria del bitcoin teme el “asedio” de la CNMV a sus próximas campañas de publicidad masiva

La discrecionalidad que el supervisor ha querido reservarse para vigilar ciertos aspectos en publicidad de criptomonedas siembra algunos recelos.

18 enero, 2022 05:30

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La publicidad de la inversión en criptomonedas ya está regulada en España. Sin embargo, el supervisor se guarda algunos ases en la manga que han generado cierto desasosiego en el sector. La discrecionalidad que el organismo se reserva para señalar peros en las campañas de alcance masivo hace temer a algunos la posibilidad de un “asedio” difícil de anticipar.

Así se pronuncian en conversación con EL ESPAÑOL-INVERTIA algunos actores del sector que estaban aguardando la publicación de la norma para lanzar sus propias campañas de promoción entre el gran público. Ahora, consideran que con la circular en la mano, deberán “andar con pies de plomo” para evitar contratiempos una vez que sus planes echen a andar.

A pesar de que las exigencias establecidas por el supervisor quedan claras en la norma publicada este lunes, el punto de discordia llega con la capacidad que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se reserva para poder señalar anomalías incluso en campañas que ya estén en curso aunque le hubieran sido comunicadas previamente.

Silencio institucional

Si bien las campañas que se dirijan a un público potencial de 100.000 personas o más deben ser comunicadas previamente a la CNMV con una antelación mínima de diez días hábiles, la institución no asegura a sus promotores una respuesta conforme en ese espacio de tiempo. Y la ausencia de comentarios en este caso no será sinónimo de conformidad.

“En ningún caso, la falta de respuesta durante el plazo transcurrido entre la comunicación y el inicio de la campaña implicará que la CNMV considera que la campaña cumple con todas las normas”, especifica la norma. Y fuentes del supervisor aseguran que mientras la campaña esté en curso se podrán exigir cambios y hasta la suspensión de alguna iniciativa.

Recreación de la CNMV de un anuncio de criptomonedas acorde a la norma.

Recreación de la CNMV de un anuncio de criptomonedas acorde a la norma.

El fundador y consejero delegado de Eurocoinpay, Herminio Fernández de Blas, lamenta que esta ambigüedad pueda llegar a suponer “un perjuicio económico para el promotor” cuando se requiera su modificación o retirada. Y es que, además, lo que la norma sí establece es que las empresas de criptomonedas deben responder a las peticiones de la CNMV en un plazo no superior a los dos días.

En este caso, incluso se apunta a que la desatención de estas solicitudes sería constitutiva de una infracción grave penada con una multa de hasta 300.000 euros o el doble del beneficio obtenido. Algo que también podría aplicarse a las campañas masivas que estuvieran en marcha una vez que el supervisor estrene estas nuevas facultades de vigilancia a partir del próximo 17 de febrero.

Audiencias y plazos

La causa de este punto de tensión radica en que lo que la CNMV inicialmente planteó como un requerimiento de autorización previa, al final se limita a la obligatoriedad de comunicación anticipada. Un cambio que, sin embargo, el supervisor ha señalado que “ha sido uno de los comentarios más generalizados” formulados desde el sector durante las dos consultas públicas abiertas al respecto en los últimos meses.

Desde una reconocida plataforma de criptomonedas española se apunta hacia otro factor de incertidumbre en la norma. Se trata del hecho de que la CNMV pueda someter a escrutinio previo algunas campañas a las que, sin considerarse “masivas en sentido estricto”, se les presuponga un impacto significativo “en el público objetivo” al que vayan dirigidas.

No obstante, desde el sector se apunta a la posibilidad de establecer cauces de comunicación fluida con el supervisor para evitar sorpresas. Además, en vez de atender al mínimo de anticipación que señala la norma, un experto en cuestiones legales sobre criptoactivos considera que “optar por hacerlo antes de los diez días reglamentarios podría salir a cuenta, y más especialmente, en estos primeros momentos” de aplicación de la circular.

Si bien el grueso del sector celebra que se haya publicado una norma que “llevábamos meses esperando”, algunos puntos no terminan de contentar. Así, la eventual colocación de una lona en una localidad de más de 100.000 habitantes en una zona en la que no se puedan aportar previsiones de impacto real, la CNMV podría considerar que entra dentro del ámbito de las campañas masivas.

Abusos en las redes

Y aquí también hay otro factor de incertidumbre, pues la circular da a la institución supervisora la facultad para subir el umbral mínimo de público a partir del cual una campaña se considera “masiva”. No obstante, fuentes regulatorias han adelantado que no hay ningún calendario establecido para decidir sobre este punto y que será más una cuestión de “práctica”.

Por otra parte, los ciudadanos podrán denunciar prácticas sospechosas de contravenir las especificaciones o saltarse las exigencias del supervisor. Una fórmula que ya venía estando operativa para la publicidad y comercialización de otros productos de ahorro e inversión a través de una ventanilla anónima.

El director de relaciones institucionales de Woonkly, Eneko Knörr, aplaude el objetivo de “vigilar la publicidad para evitar que la gente caiga en abusos y estafas”, pero lamenta que se exija a los proveedores de servicios de criptomonedas “más de los que se pide a quienes ofrecen con otros activos de riesgo similar”, como la inversión apalancada en renta variable o materias primas.

Desde Eurocoinpay, que es responsable de uno de los proyectos incluidos en la primera hornada del sandbox fintech, se reclama “no cargar sobre los activos digitales demasiada carga sospechosa de fraude”. En su lugar, cree que “el ojo de halcón debe apuntar a los nichos de fraude” en las redes sociales, donde se usan falsos reclamos de personajes públicos y rentabilidades aseguradas que “las empresas constituidas legalmente ni contemplamos como posible”. Y no solo eso, sino que también muchas veces detectan con rapidez gracias al aviso o consultas de sus clientes.