Un juzgado obliga a devolver a una pyme comisiones cobradas por descubierto
Un juzgado de Oviedo ha obligado a Liberbank a devolver a una empresa de transportes unos 50.000 euros cobrados indebidamente en concepto de comisiones por descubierto, en una sentencia que abre la puerta a que cualquier usuario de banca, particular o empresa, pueda reclamar por este concepto.
4 febrero, 2018 09:23Se trata de las comisiones de reclamación aplicadas entre los años 2008 a 2015, por valor de 4.992 euros, 32.175,97 euros en concepto de excedidos, a los que hay que sumar 4.134,73 euros de 2007; esas cantidades, junto a los intereses legales generados, ascienden a cerca de 50.000 euros.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, el Juzgado número 3 de Oviedo destaca que "hay un clamoroso vacío detrás de estas comisiones", ya que no responden a ningún servicio prestado, se aplican de manera automática y no le fueron comunicadas al cliente.
El magistrado señala que la actuación de la entidad no respeta el código de buenas prácticas bancarias exigido por el Banco de España, ya que es imposible dilucidar qué criterios se utilizaban para calcular las comisiones por descubierto y además el banco no ha podido demostrar qué acciones llevaba a cabo para justificar el cobro de una comisión por reclamación de posiciones deudoras.
La entidad trató de justificarlas en concepto de llamadas, cartas y otro tipo de notificaciones para avisar del estado de las cuentas, pero el juzgado ovetense las consideró "claramente desproporcionadas".
El auto considera probado que nunca se avisó de los descubiertos, sino que las comisiones se cargaban de forma automática, según acabó reconociendo la empleada del banco que declaró durante el proceso, tal y como explica el abogado Miguel Sánchez, del bufete Espacio Legal, que representó los intereses de la empresa.
Desde el bufete aclaran que la sentencia abre la puerta a que todos los usuarios de banca, independientemente de que sean empresas o particulares, puedan ver tutelados sus derechos como consumidores frente a los bancos que cobran comisiones por conceptos que no responden a ningún servicio efectivamente prestado.
Desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) recuerdan que varias audiencias provinciales, en concreto las de Madrid y Álava, entienden que el cobro de una comisión por reclamación de recibos impagados a un particular no responde ni a un servicio de atención al cliente ni a un gasto.
Así lo estimaron ambas en sendas sentencias dictadas en 2016, en las que defendían que al no existir servicio alguno y no incurrir en un coste a retribuir "no puede dar lugar a ninguna comisión", motivo por el que declararon la abusividad de esta cláusula y por tanto, su nulidad.
Desde la asociación insisten en que los bancos "siguen cobrando entre 12 y 35 euros al consumidor que se queda en números rojos, aunque el saldo sea de menos un euro y las sentencias de segunda instancia las hayan anulado".
La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, califica de "inaudito" que las grandes entidades financieras hagan caso omiso de los fallos judiciales, y denuncia que "lo más sangrante" es que los mayores perjudicados suelen ser "personas con escasos recursos, con ingresos pequeños" ya que para muchas familias "30 euros es el 5 ó 10 %" de sus ingresos.
Una conducta "ilegal e inmoral", añaden desde Asufin, que continuará acudiendo a los tribunales para denunciar los "pulsos" de los bancos ante la imposibilidad de llegar con ellos a acuerdos extrajudiciales. EFECOM
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