El `crowdfunding¿, o micromecenazgo, es una forma de financiación colectiva en la que una persona o empresa utiliza una plataforma en la red para conseguir el dinero que necesita para llevar a cabo un proyecto. El proceso apenas requiere de un par de `clics¿ y las webs que se encargan de gestionar el proceso se ocupan de que la transacción sea segura y no se cometa fraude. Pero conviene recordar que, pese a no tratarse de una transacción económica tradicional,esta actividad financiera está regulada y tiene que rendir cuentas frente a Hacienda.
¿Tengo que pagar impuestos al financiar un proyecto por `crowdfunding¿?¿Y por hacer un donativo?Pues depende del tipo de crowdfunding. Tal y como apuntan desde la plataforma Lanzanos.com es necesario distinguir entre cuatro tipos de `crowdfunding¿: donación, recompensa, inversión y préstamo.
CROWFUNDING TRADICIONAL
Los dos primeros forman parte del `crowdfunding¿ tradicional en el que una persona solicita donaciones para sacar adelante su libro, película o disco. El proyecto se financia a través de aportaciones económicas de los usuarios de la plataforma a quienes se les ofrece una recompensa a cambio, que suele tratarse de un producto relacionado con el proyecto, ya sea el libro en sí o algún artículo de merchandising. Estas modalidades no se ven afectadas por la ley porque están reconocidos como `crowdfunding¿ no financieros y, por lo tanto, no están regulados.
Desde Lanzanos.com apuntan que si el autor del proyecto es una asociación o una ONG puede emitir un certificado a quien hace el donativo para que desgrave. Aunque esta posibilidad no es válida si con el dinero aportado se compra a las organizaciones un producto a precio de mercado.
CROWDFUNDING DE INVERSIÓN Y DE PRÉSTAMO
La situación es diferente para el `crowdfunding¿ de inversión y de préstamo, ya que están destinados a generar un beneficio a raíz de los intereses generados por el préstamo o la inversión que se haya hecho.
Patricia López, responsable de marketing y comunicación de SociosInversores.com, explica que existen una serie de deducciones fiscales aplicables si se invierte en una empresa de reciente creación. López apunta que esa deducción en el 30% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación y se aplica en la declaración de la renta o IRPF del inversor.
En cuanto a las operaciones de préstamo por `crowdlending¿, López señala que Hacienda siempre presupone que todos los capitales cedidos a terceros producen intereses (en caso de no haberse fijado interés alguno expresamente en el contrato de préstamo o de cesión a terceros de capital, Hacienda fijará como interés el tipo de interés legal del dinero, que es del 4%) y, por tanto, estos intereses producidos por `crowdlending¿ se declararán en la declaración de IRPF como un rendimiento del capital mobiliario más, exactamente igual que si fuesen intereses de un depósito bancario y, por tanto, tendrán que estar sujetos a una retención que la empresa pagadora tendrá que efectuar en el momento de hacer la liquidación y abono de dichos intereses.
Por otra parte, una empresa que se financia por `crowdlending¿está sometida al mismo tipo de fiscalidad que cualquier otra empresa que se financia mediante un préstamo a través de un banco u otraentidad financiera convencional. López subraya que la diferencia radica en que con el `crowdlendig¿ no hay solo un prestamista, sino varios. Por lo tanto, los intereses de ese préstamo de financiación colectiva serán considerados como gastos financieros normales de la empresa y serán gastos deducibles en la declaración del impuesto sobre sociedades.