La CNMV sancionará a los bancos que 'engorden' la formación financiera de sus clientes
- El organismo detecta riesgos en la información que los bancos manejan de sus clientes
- El regulador ya ha abierto una vía sancionadora en algunas entidades
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha lanzado este martes una dura advertencia a los bancos españoles, a los que exige que sean más escrupulosos en la valoración de la formación financiera de sus clientes a la hora de recomendarles productos o inversiones. En un comunicado, el organismo regulador asegura que ha identificado casos “en los que la información obtenida por entidades que prestan servicios de inversión, para evaluar la conveniencia e idoneidad de las operaciones de sus clientes minoristas sobrevalora de modo significativo su formación, conocimientos financieros y experiencia inversora”.
La CNMV asegura que en algunos casos “esta incidencia afecta a un alto número de clientes”, por lo que indica que está actuando, incluso en vía sancionadora, para corregir la situación. De hecho, durante 2019 tiene previsto realizar una actuación específica de revisión en este ámbito “que afectará a un número relevante de entidades”. advierten.
Según la institución presidida por Sebastián Albella, el problema es la "inadecuada" evaluación de la conveniencia o idoneidad de las operaciones, consecuencia "de deficiencias o errores" en la información obtenida, que puede llevar a las entidades a vender o recomendar productos que sean inadecuados para los clientes. Es decir, pide a las entidades que tomen medidas para procurar que la información recogida "sea fiable en términos generales".
A este respecto, la CNMV aconseja a lo bancos y sociedades de inversión que vigilen de cerca "situaciones a priori atípicas, que cabría esperar que no se presenten o que solo se presenten de un modo meramente ocasional o aislado". Para ello, aconseja considerar aspectos o indicios tales como si resultan razonables los datos obtenidos de forma global sobre el grado de formación académica de la clientela minorista teniendo en cuenta sus características sociológicas.
Las entidades también deben analizar si son razonables los datos globales correspondientes a clientes con un elevado grado de conocimientos financieros, en particular cuando se trate de colectivos que no dispongan de experiencia profesional o inversora previa o de un nivel de formación académica coherente con ello.
De la misma manera, pide que las entidades consideren si es razonable el dato global sobre clientes minoristas con experiencia inversora previa en instrumentos complejos infrecuentemente distribuidos al público minorista, en particular cuando su experiencia no se corresponda con su operativa en la entidad. "Para la adecuada detección y subsanación de las situaciones anteriores, las entidades deben contar con procedimientos adecuados durante la contratación, en la revisión de la información y en la subsanación de incidencias, ha añadido.
Al respecto, ha asegurado que la inclusión de alertas automáticas en los aplicativos informáticos que se empleen durante el proceso de obtención de la información puede resultar a estos efectos muy útil. Por último, sobre los procedimientos para la subsanación de incidencias, la CNMV considera que en caso de detectarse incoherencias, discrepancias o un elevado volumen de situaciones atípicas, se deben contrastar y validar los datos.