Ahora sí que sí. La campaña de la Renta 2019 ha comenzado y ya puedes presentar tu declaración de forma telemática. Si además de tener rendimientos del trabajo, eres un inversor que ha tomado decisiones con productos financieros en 2019 tendrás que ponerte delante del ordenador y observar que cada movimiento se declara de una forma distinta. No es lo mismo una venta de bonos que de acciones, o el rescate de un fondo de inversión o un plan de pensiones.
El departamento fiscal de Abante ha elaborado un documento para ayudar a conocer la tributación de cada producto financiero. En él se indica que la mayoría tributa en el IRPF en la base del ahorro, la conocida como 'parte barata' del impuesto, ya que el tipo marginal oscila entre el 19% y 23% para los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias o pérdidas patrimoniales.
Los únicos que tributan en la base general son los relacionados con la jubilación, como los planes de pensiones, los planes de previsión asegurados (PPA), seguros de dependencia y algunos seguros colectivos.
Así por ejemplo serían rendimientos de capital mobiliario la venta de bonos, letras, los dividendos… pero, sin embargo, se generarían ganancias o pérdidas patrimoniales por la venta de acciones, divisas, fondos de inversión, inmuebles…
Con y sin retención
Según recuerdan estos expertos, no todas las rentas tienen retención. Hay productos financieros como las letras del Tesoro, ETF, derivados y divisas que no están sujetas a retención.
Hay otros productos que tienen dos fuentes de renta (rendimientos explícitos e implícitos). En estos solo la parte explícita, la que incluye los beneficios o intereses que genera un producto cuando se mantiene en cartera, está sujeta a retención. Como es el caso de las acciones, el dividendo tiene retención, pero la venta no. Lo mismo ocurre con los intereses de las cuentas y depósitos y los cupones de los bonos.
Los productos que solo tienen una fuente de renta, como los fondos de inversión, seguros de vida, pagarés de empresa, bonos cupón cero y planes de pensiones, siempre tienen retención.
Salvo en los planes de pensiones, que depende de la escala del contribuyente, en todas las retenciones se aplica el 19%.
Compensar pérdidas
Otra de las cuestiones importantes a tener en cuenta es la posibilidad de compensar los saldos positivos y negativos de los rendimientos del capital mobiliario y estos con las ganancias y pérdidas patrimoniales. Es decir, si tienes rendimientos positivos de seguros o bonos podrás compensarlos con pérdidas por venta de fondos o acciones.
Primero se compensan entre sí los saldos positivos y negativos de los rendimientos del capital mobiliario que se han tenido en 2019. Si tras esa operación sigue existiendo un saldo negativo se puede compensar con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales, con un límite del 25%. Pero si todavía que da saldo negativo se podrá compensar en los siguientes cuatro ejercicios.
Por otra parte, las pérdidas patrimoniales se pueden compensar con las ganancias patrimoniales de dicho año. Si el resultado es negativo se puede compensar con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario, también con el límite del 25%. También habrá cuatro años para compensar si sigue quedando saldo negativo.