El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto-ley con el que establece la nueva figura legal del "consumidor vulnerable" para "garantizar derechos sociales y económicos". El texto modifica la Ley General de Derechos de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), que a partir de ahora define el concepto de "consumidor vulnerable" como aquél que se encuentra "en una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a empresas".
Así lo ha explicado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Para incluir en sus previsiones la situación de la pandemia de Covid y ampliar el ámbito de protección, la ley tendrá la previsión de que esta situación de vulnerabilidad pueda ser temporal. Pero también "territorial o sectorial", debido a sus características, necesidades o circunstancias personales.
Según fuentes de Consumo, la norma pretende "reforzar la protección de las personas más vulnerables en las relaciones de consumo". Y la figura de "la persona consumidora vulnerable" queda establecida como "un marco normativo" que fuerza a las empresas a prestar apoyo adicional en la información que facilitan para la toma de decisiones. Es decir, que las compañías estarán obligadas a "prestar los apoyos necesarios" para que los consumidores amparados bajo este "paraguas jurídico" puedan comprender correctamente el contenido de los contratos que firman.
Así, tal como ha explicado Garzón, las Administraciones se verán obligadas a "garantizar una salida justa a la crisis provocada por la pandemia de la Covid". Con ello, se avanza en la obligación de los poderes públicos de "garantizar la satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales de todas las personas".
Colectivos vulnerables
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha indicado que "nadie a lo largo de su vida está exento de sufrir situaciones de vulnerabilidad" y ha señalado a los colectivos más feminizados y a quienes viven en el ámbito rural como "principales beneficiarios" de esta norma.
Algunos ejemplos a los que el ministro ha acudido son las personas mayores con dificultades para el acceso a la compra online, aquéllas con bajo nivel educativo a la hora de firmar contratos complejos o con residencia en lugares rurales aislados sin acceso cercano a entidades financieras y otros servicios.
Otro de los grupos en los que la norma se centra es el de menores de edad, por su indefensión ante la comunicación comercial o aquéllos con dificultades durante su etapa educativa para acceder a recursos tecnológicos y seguir su formación online.
Asimismo, se contempla la mayor protección a personas con intolerancias o alergias alimentarias que precisan información adicional en las compras de alimentos o en espacios de restauración.
Garzón ha asegurado que unas relaciones de consumo "más transparentes, democráticas e igualitarias benefician al conjunto de la sociedad, sean consumidor o empresa".