La campaña de la renta encara sus últimas fechas. Pero todavía hay millones de españoles que no han hecho su declaración, por lo que los consejos al respecto siguen siendo muy necesarios.
Para ello, en EL ESPAÑOL-Invertia contamos con los especialistas fiscales de EY para abordar las dudas más habituales de esta campaña de IRPF 2021. En esta ocasión se trata de Alejandro Prieto, senior manager de People Advisory Services (PAS) de EY, que aclara cómo tributar las prestaciones recibidas por estar en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
"Si un contribuyente hubiese percibido prestaciones por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por encontrarse en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE), deberá tener en cuenta que el SEPE es considerado un pagador independiente al empleador habitual".
"El contribuyente debe recordar que, en el caso de tener más de una fuente de rendimientos del trabajo, el límite de rendimientos íntegros para presentar la declaración será de 22.000 euros anuales si el conjunto de retribuciones percibidas de su segundo y restantes pagadores no excede de 1.500 euros anuales".
"Sin embargo, este límite será de 14.000 euros si los rendimientos del trabajo proceden de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y ulteriores pagadores supere los 1.500 euros".
[Así se declara la vivienda, tanto la habitual como la que no lo es, en el IRPF]
"Adicionalmente, hemos de recordar que los trabajadores que hayan estado en situación de ERTE deben revisar la aplicabilidad de ciertas deducciones, como son la de maternidad y/o familia numerosa, entre otras".
"Al ser deducciones no aplicables en situación de desempleo, aunque sea de forma temporal, en el caso de haberlas recibido de manera anticipada en forma de prestación deberá proceder a su regularización vía declaración de la renta, devolviendo las cantidades correspondientes a los periodos de desempleo temporal".
"Finalmente, recordar al contribuyente que conviene revisar las deducciones autonómicas, ya que, por ejemplo, Cataluña ha incorporado una deducción autonómica para paliar los efectos de presentar la declaración de IRPF en razón de tener más de un pagador".