Varios son los factores que acaban haciendo que, al final de la vida laboral, una persona reciba una determinada pensión de jubilación. La clave está en el número de años cotizados. Por ejemplo, si no ha llegado a 15 años, no tendrá derecho a cobrar lo que se conoce como pensión contributiva. Por tanto, tendrá que solicitar la no contributiva.
Pero si ha cotizado por encima de esos 15 años, entran en juego otra serie de factores como la edad en la que la persona decide retirarse, las cotizaciones acumuladas o la base reguladora. Tanto los años cotizados como la base reguladora son básicos para determinar la cuantía. Mientras que la edad ordinaria de jubilación puede tener un efecto negativo en la pensión. Porque, si se solicita la jubilación anticipada, tendrá como consecuencia un recorte en las cantidades a percibir.
Con todo, quienes quieran jubilarse en 2023, y tener derecho al 100% de la jubilación, deberán haber cumplido 66 años y cuatro meses de edad. O bien, tener 65 años y haber cotizado, al menos, 37 años y nueve meses.
¿Cómo se hace el cálculo?
Los años cotizados no tienen trampa ni cartón: son los que son. Y la edad ordinaria de jubilación está establecida por ley (son los años antes indicados). ¿Y la base reguladora? Es el cálculo que se realiza para determinar la cantidad de dinero mensual que un trabajador recibirá en el momento de retirarse. Una cifra que se va a establecer según el salario recibido durante su vida laboral y las cotizaciones realizadas a la Seguridad Social.
Así, la cifra que se toma como referencia son las bases de cotización de los últimos 25 años previos a la solicitud de jubilación. Por tanto, hay que sumar las bases de los últimos 300 meses y dividirlas entre 350. En dicho cálculo la Seguridad Social aplicará lo que se conoce como coeficiente de cotización de todos los meses, salvo los de los dos últimos años. La meta no es otra que tener en cuenta el efecto de la inflación.
También es posible que el trabajador, en este periodo de tiempo, no haya cotizado de manera continuada. Para aliviar el impacto de estas ausencias de cotización, podrá incluir lo que se conoce como lagunas de cotización. Se trata de un mecanismo que permite rellenar con bases ficticias de cotización los periodos sin cotizar: será del 100% de la base de cotización mínimo vigente durante los primeros 48 meses, y con el 50% de dicha base a partir del mes 49.
¿Salvedades? No es válida para trabajadores autónomos o empleadas del hogar. Pero sí es muy útil para aquellos trabajadores que en algún momento de su vida laboral llevaron a cabo trabajos a media jornada o por horas, por ejemplo.
¿Qué pensión queda con 25 años cotizados?
Con 25 años cotizados no se puede acceder al 100% de la pensión. Pero sí se puede acceder a una pensión contributiva. Si, con 15 años, se cobra el 50% de la base reguladora del IRPF, a partir de ahí se va sumando un porcentaje adicional por cada mes de trabajo hasta alcanzar el 100%.
Los siguientes 49 meses de cotización (4,08 años) sumarán, por cada mes, un 0,21%. Lo que es igual a un 10,29% de la base reguladora. Y a los 71 meses restantes (5 años y 11 meses), hasta llegar a los 25 años de cotización, se sumará por cada mes un 0,19%. Es decir, un 13,49% de la base reguladora.
Por tanto, los trabajadores que cuenten con 25 años cotizados tendrán derecho a una pensión del 73,78% sobre la base reguladora. Así, y a modo de ejemplo orientativo (sin tener en cuenta conceptos como el complemento a mínimos ni la revalorización por IPC), la pensión para una persona que cobra el salario mínimo (1.080 euros mensuales) sería de unos 797 euros al mes.
Si se amplía esa cantidad a 1.400 euros, la pensión sería de unos 1.033 euros mensuales; si hablamos de 1.800 euros, unos 1.328 euros al mes; y si nos vamos a 2.400 euros, unos 1.770 euros mensuales.