Viajar es un placer. Varias son las razones que hacen de viajar un sinónimo de felicidad. Por ejemplo, la búsqueda de nuevas experiencias o conocer a gente nueva. Una sensación de felicidad que comienza cuando se empieza a planificar y que dura no solo lo que dura el viaje, sino que los recuerdos perduran en el tiempo.
Aunque cualquier momento es bueno para viajar, el verano es la estación donde más movimientos de personas hay de un sitio a otro. Unas prefieren quedarse en España, y disfrutar del sol y la playa, la montaña, el turismo interior, o la gastronomía, por ejemplo.
Otras, sin embargo, prefieren buscar otras experiencias, dar el salto a otros países y a otras culturas. Y ahí entran en juego otra serie de factores como la moneda que usa en ese otro destino. Tanto si se opta por algún país de la zona euro, o por otros destinos como Estados Unidos, Japón, la India, o Argentina, por poner algunos ejemplos. Sea cual sea, hay que tener en cuenta determinadas normas relativas al dinero para, entre otras cosas, no ser multados.
¿Cómo puedo pagar fuera de España?
Siguiendo la famosa canción de Jarabe de Palo, la respuesta es: depende. Como ya se ha dicho, si el destino es Francia, Italia o Alemania, o el resto de países de la UE, se puede pagar con euros contantes y sonantes.
Pero quienes no quieran llevar efectivo encima, y estén más acostumbrados a otros sistemas de pago, también podrán hacerlo con tarjeta de crédito o con los teléfonos móviles. Algo que podrán hacer en todo el mundo. Asimismo, podrán cambiar los euros en España por la divisa del país al que vayan a visitar.
¿Cuánto dinero se puede llevar encima?
Todo preparado: la maleta, la documentación, los billetes… ¿Y qué pasa con el dinero? Si se pretende viajar con billetes y monedas, hay un límite que marca la cantidad de dinero en efectivo con el que se puede entrar o salir de la UE (ya sea en euro o en otras divisas).
Así queda recogido en el Reglamento 2018/1672 de la Unión Europea, cuyo fin no es otro que luchar contra el blanqueo de dinero y las actividades ilícitas. ¿Cuánto? Pues la norma es tajante al respecto: los viajeros pueden llevar hasta 10.000 euros en metálico sin presentar en la aduana la correspondiente documentación.
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¿Y si se lleva una cantidad en efectivo por encima de dicha cantidad? Pues deberá declararse a las autoridades del Estado miembro de la UE del que se vaya a entrar o salir. Asimismo, dicha suma no podrá portar en un cheque firmado porque se consideran dinero en metálico.
¿Y en el caso de viajar a Estados Unidos, por ejemplo? Los viajeros internacionales que ingresan a EE. UU. deben declarar si llevan moneda o instrumentos monetarios por un monto combinado superior a 10.000 dólares en su Formulario de Declaración de Aduanas (Formulario 6059B de CBP) y luego presentar un Formulario 105 de FinCEN. Si es inferior, no deben declarar.
¿Cuál es la multa?
En el supuesto de viajar con una cantidad en metálico por encima de los 10.000 euros, las consecuencias legales son las siguientes: en primer lugar, las autoridades retendrán el dinero hasta saber cuál es su procedencia. Y, en segundo término, multarán al portador.
Las sanciones a las que se enfrenta dicha persona varían entre los 600 euros y la mitad de la cantidad encontrada en los casos más graves. Esto último sucede cuando las autoridades detectan que había una clara intención de ocultar el dinero al fisco. Esto en Europa. Si se viaja a otros destinos, es recomendable consultar las leyes de dichos países.