¿Un respiro o un punto y seguido? La subida del Euríbor, provocada por la política monetaria del Banco Central Europeo (BCE) para controlar la inflación, ha disminuido durante el mes de agosto por primera vez tras veinte meses de subida consecutiva. Así, se ha situado en el 4,073. Un mes antes estuvo en el 4,149%.
Con todo, y teniendo en cuenta que la inflación sigue sin estar controlada (en agosto se mantuvo estable en el 5,3%, lejos del objetivo del 2%), es previsible que el BCE aplique nuevas subidas de los tipos (lo que redundará en más subidas del Euríbor).
En concreto, y de las tres reuniones que el BCE que tiene previstas hasta final de año, al menos en una de ellas, según los analistas, habrá subida de tipos. Lo cual significará un nuevo quebradero de cabeza para todas aquellas personas que tienen contratada una hipoteca variable. También afectará a quienes firmen nuevas hipotecas, ya sean fijas o variables.
¿Cuánto se paga de más?
Antes de entrar de lleno en el tema, conviene recordar que el Euríbor a 12 meses es el índice que se utiliza como referencia en la mayoría de los préstamos hipotecarios variables en España. Y que, pese a la ligera bajada de agosto, se mantiene elevado si se compara con agosto de 2022, cuando cerró el mes en el 1,249%.
Un ejemplo: una persona que tenga contratada una hipoteca variable de 150.000 euros a 30 años, y con un diferencial del 0,99% más Euríbor, y haya revisado su tipo de interés en agosto, tendrá que pagar unos 238 euros más al mes. La subida de julio fue de 265 euros.
"Lo más probable es que volvamos a ver más repuntes del Euríbor a partir de septiembre", afirma Simone Collombeli, director de Hipotecas de iAhorro. “Yo no diría que lo que estamos viendo es una tendencia a la baja como tal, sino una pequeña estacionalidad en los datos”.
Mientras que Olivia Feldman, economista y cofundadora del comparador financiero HelpMyCash.com, se muestra rotunda al afirmar que “es ingenuo asegurar que los tipos han llegado a su tope y que empezará una inminente bajada. Eso no quiere decir que estemos lejos de la meta. Si estuviéramos en una maratón, diría que hemos pasado lo peor, y que solo queda resistir. Sí, estamos en la recta final, pero aún hay camino por recorrer”.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
En este arduo camino que tienen por delante los hipotecados, conviene recordar que el Gobierno dispone de una serie de ayudas para ellos. Así queda recogido en el Real Decreto ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
En dicho RD se puso en marcha el conocido como Código de Buenas Prácticas, que recoge una serie de soluciones para facilitar el pago de las hipotecas. A dicho código se sumaron más de 50 entidades financieras.
Para que estas personas puedan beneficiarse del mismo, deben cumplir una serie de condiciones. Por ejemplo, tener unas rentas inferiores a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM), una hipoteca inferior a 300.000 euros, y que los intereses hayan hecho subir la cuota más de un 20%.
Otro supuesto es que, además de tener una hipoteca no superior a 300.000 euros, el salario sea inferior a 3,5 veces el IPREM (29.400 euros), y destinar más del 50% al préstamo. En función de la situación, la ayuda que se ofrece es diferente. Eso sí, la hipoteca debe ser sobre vivienda habitual.
¿Cuáles son las ayudas?
Tres son las ayudas que los hipotecados que cumplan los anteriores requisitos pueden obtener a través de las compañías financieras: desde una carencia en la amortización de capital hasta el incremento del plazo de amortización. También es posible una rebaja durante cinco años del tipo de interés.
En concreto, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado, y un alargamiento del préstamo de hasta 7 años. Eso sí, sin que pueda superar los 40 años de duración.
Asimismo, se amplía a 2 años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario.
Además, el Gobierno aprobó durante el mes de mayo otra propuesta. En este caso se trata de la concesión de avales ICO del 20% de la hipoteca a menores de 35 años. Una opción a la que también pueden acogerse las familias con menores a su cargo al margen de su edad.