Aviso del Banco de España: esta es la valiosa carta que los bancos van a enviar a todos sus clientes
Los usuarios de las entidades financieras deben estar atentos a su buzón físico como digital. Llegará información vital para sus intereses.
16 enero, 2024 10:13Año nuevo, vida nueva. Pero, en lo que a los dineros que tienen los ciudadanos en las entidades financieras, conviene tener muy en cuenta no sólo los intereses que consiguen, sino también los gastos que están ligados a los productos contratados. Por eso, el Banco de España recuerda que estas personas deben recibir una carta de su entidad financiera.
Es así tras la publicación de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Dicho norma dice que las entidades financieras deben remitir a sus clientes una comunicación anual que incluya datos sobre la cuenta contratada, comisiones, gastos devengados y tipos de interés aplicados durante el año anterior.
¿Cuándo se recibe dicha carta? Durante el mes de enero de cada año. Y será un documento unificado que “tendrá en cuenta las diferentes prácticas comerciales de cada entidad”.
¿Qué información debe contener la carta?
La carta, como ya se ha dicho, debe contener un documento unificado. Y es que la información que debe llegar al cliente tiene una doble vertiente: por un lado, toda la información detallada sobre los servicios bancarios contratados; por otro, un documento con información anual sobre la cuenta bancaria.
Vayamos por partes. El primero de los documentos debe incluir aquella información sobre préstamos o créditos, junto con otros productos contratados. Por tanto, debe incluir un resumen muy concreto de todos los intereses cobrados y pagados, a la par que las comisiones y los gastos devengados por cada servicio bancario que la entidad ha prestado durante el año anterior.
Mientras que, el segundo, debe hacer hincapié en el estado de comisiones por cada cuenta contratada. Y debe hacerlo ‘al dedillo’, es decir, detallando cada una de dichas comisiones por todos y cada uno de los servicios asociados, tanto unitarios como totales. Otra información que debe aparecer es aquella relativa a los tipos de interés acreedor y de descubierto aplicados al saldo de la cuenta, así como el importe total de los intereses devengados ese año.
Otro punto a tener en cuenta, y así lo resalta el Banco de España, es que las comunicaciones son personales. Por tanto, si una pareja comparte la misma cuenta, cada uno de ellos recibirá la notificación.
¿Cómo debe llegar según el Banco de España?
En un mundo cada vez más digitalizado, dos son las opciones que hay para recibir esta comunicación anual de las entidades financieras. En principio, los titulares de las cuentas la recibirán por correo ordinario.
Eso sí, si esas personas han renunciado de manera expresa a esta opción, y prefieren que se la envíen de forma telemática, así la recibirán. Por tanto, conviene estar muy atento a la bandeja de entrada del correo electrónico para asegurarse de que ha llegado y no se ha ido a spam.
¿Qué hacer si el banco ha cambiado las condiciones?
Puede darse la circunstancia de que, una vez revisada la información enviada, la persona no esté de acuerdo con la misma. Por ejemplo, si ha cambiado las condiciones de la cuenta corriente. ¿Qué puede pasar entonces?
Es posible que el banco haya notificado el cambio (debe hacerlo con dos meses de antelación) pero el cliente no se haya apercibido del mismo (si se ha ido el mensaje a spam, por ejemplo).
Pero si se han llevado cambios sin previo aviso, el ente regulador recuerda que el banco debe demostrar que ha cumplido con los requisitos de información que establece la norma antes reseñada.