El aviso de la Seguridad Social: esto es lo que deben tener en cuenta los padres con hijos menores de 26 años
En muchas familias surge la duda de si los hijos de esta edad tiene derecho a la asistencia sanitaria como beneficiarios de algunos de sus progenitores, especialmente cuando estos empiezan a trabajar y después lo dejan.
28 marzo, 2024 08:25Una de las cuestiones que en España marca la diferencia en materia de bienestar gracias a la existencia de Seguridad Social es el beneficio que supone para todos los ciudadanos tener un sistema de sanidad pública gratuita. Sin embargo, este sistema tiene algunas particularidades que conviene conocer y controlar.
Una de ellas, tal y como informa la administración, se produce cuando una persona cumple los 26 años. Antes, los de menores de esa edad tienen derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de alguno de sus progenitores. Sin embargo, esta circunstancia se pierde cuando superan esa edad o cuando entran al mercado laboral.
No obstante, respecto a este segundo condicionante, surgen algunas dudas como qué sucedería en el caso de que una persona menor de 26 años perdiera su trabajo y quisiera volver a hacer efectivo su derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de alguno de sus progenitores. Una cuestión que la administración aclara tal y como recuerda Noticias Trabajo y para la que hay que realizar un trámite totalmente indispensable.
Asistencia sanitaria como beneficiario del padre o la madre
La ley indica que todos los ciudadanos que residan en España deben estar protegidos en materia de salud, ya vivan individualmente o formando parte de una unidad de convivencia. Sin embargo, la normativa hace una diferencia con aquellos menores de 26 años que tienen trabajo o que están dados de alta en algún régimen contributivo.
Esta situación provoca muchas veces dudas en la ciudadanía. Sin embargo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es claro en este aspecto, ya que no es posible perder el derecho a la asistencia sanitaria cuando se tiene esa edad. Lo único que marcan los 26 años es el límite para que se tenga en cuenta a la persona dentro de una unidad familiar con los padres o no.
En el caso de que se traten de menores de 26 años que han tenido un empleo y que después lo han perdido antes de superar esta barrera, podrán volver a tener derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de la madre o padre si continúan viviendo con ellos y si se considera que están a su cargo.
Sin embargo, en estos casos de entrada y salida del mercado laboral, es necesario realizar un trámite para no perder esta oportunidad y este derecho. Los progenitores, a través de medios electrónicos o en alguna de las oficinas de la Seguridad Social, tienen que realizar un pequeño proceso para dejar constancia de que se recupera el alta conjunta.
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Este requisito es muy sencillo de cumplir. Basta con acceder a la Sede Electrónica de la administración en el apartado de 'Tu Seguridad Social' e identificarse a través de los canales habilitados para tal fin. Ahí encontraremos una opción que es 'volver a incluir a un beneficiario menor'.
Si no tenemos la posibilidad de hacer este trámite de manera electrónica, siempre podremos solicitar una cita previa a alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, los CAISS. Allí, cualquier miembro del funcionariado podrá ayudarnos con este trámite.