Fue entre los años 1967 y 1978 cuando los trabajadores que aportaron a mutualidades laborales tributaron por el 100% de sus pensiones. Sin embargo, deberían haberlo hecho por el 75%. Así lo dictó el Tribunal Supremo basándose en una disposición transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).
Ese dinero pagado de más pueden recuperarlo en las declaraciones de la renta de los años 2019 a 2023. Es decir, en aquellos en los que no ha prescrito. De momento, la Agencia Tributaria ha decidió ‘echar una mano’ a estos trabajadores.
Y es que, en la declaración de la Renta de 2023, ha introducido los datos que los mutualistas venían aportando para recuperar ese dinero en el borrador. Antes, debían hacerlo tramitando un formulario. Sin embargo, y desde el pasado 20 de abril, aparecen en dicho borrador.
¿Cuándo recibirán los mutualistas el dinero de Hacienda?
Con la campaña de la Renta del año 2023 ‘a toda máquina’, es la pregunta que se hacen miles y miles de mutualistas. Jubilados que, en su mayoría, superan los 80 años. Y, para responder a la misma, conviene recordar cuáles son los plazos que tiene la Agencia Tributaria para realizar los reembolsos correspondientes.
Haciendo bueno el refrán de que ‘a quien madruga, Dios le ayuda’, ya ha habido mutualistas que han recibido dicho dinero. Y es que la AEAT, dependiendo de la fecha en la que se presentó la declaración, y la complejidad de la misma, ya ha efectuado ese pago.
[Adiós a 4.000 euros: los mutualistas sin derecho a la devolución del dinero de Hacienda]
Porque, por norma, la devolución es un proceso que arranca a las 48 horas de iniciarse la campaña. Eso sí, el pago puede retrasarse hasta 30 días después de la confirmación del borrador dependiendo de las dos características antes indicadas,.
No obstante, la AEAT dispone de un plazo de seis meses desde que concluye la campaña para llevar a cabo la devolución. Por tanto, y teniendo en cuenta que esta campaña concluye el 1 de julio, tiene de tiempo hasta el 31 de diciembre.
¿Cómo saber un mutualista el estado de su declaración?
El método que ofrece la Agencia Tributaria es el siguiente: hay que acceder a la aplicación de la AEAT o al portal web usando certificado digital o DNI electrónico. Hecho este paso, hay que buscar la sección correspondiente al año fiscal 2023.
Entonces hay que seleccionar ‘tramitación de borrador/declaración’ para acceder a toda la información sobre el trámite. Es decir, que podrá ver si la declaración está en proceso, en trámite de comprobación, o si ya ha sido tramitada. Otra opción es usar el número de referencia de seis caracteres del borrador/declaración para obtener la información sobre la situación fiscal.
Por último, si ha pasado ese plazo de seis meses, el mutualista tiene en su mano la opción de reclamar el pago con intereses. ¿Cómo? Realizando un escrito de solicitud de devolución de la autoliquidación del ejercicio 2023.