Con la llegada de las vacaciones, y para evitar cobros inesperados o incidencias no cubiertas, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), ha lanzado una serie de recomendaciones a sus mutualistas. Las mismas afectan tanto a aquellos que viajan al extranjero como a aquellos otros que lo hacen a nivel nacional.
En el caso de viajar al extranjero, y antes de hacerlo, el organismo público encargado de prestar asistencia sanitaria y social al colectivo de funcionarios adscritos recomienda visitar su página web. Ahí se informa sobre los distintos regímenes de cobertura o no cobertura en desplazamientos temporales.
Asimismo, recuerda a sus mutualistas cómo deben solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea. También cómo obtener el Certificado Provisional Sustitutorio si viajan a países encuadrados en este ámbito.
¿Qué recomienda Muface si se viaja por España?
Para aquellos mutualistas que decidan disfrutar de su periodo vacacional en España, Muface es rotundo: “El error en el contacto con los servicios de urgencias y la atención prestada por un sistema sanitario que no sea el elegido por la persona mutualista puede dar lugar a incurrir en gastos considerables no previstos”.
Por eso, y para que las vacaciones no se acaben convirtiendo en una pesadilla, el organismo público indica a sus funcionarios cómo deben actuar correctamente ante una situación de urgencia o emergencia sanitaria.
Así, y como primera medida, deben tener claro a qué teléfonos deben llamar. “Las personas mutualistas adscritas a servicios públicos de salud han de llamar al 112, mientras que mutualistas adscritos a entidades concertadas (Adeslas, Asisa y DKV) han de contactar con los servicios de urgencia de su entidad”, explican. Esos números son el 900 900 118 (Asisa), el 900 300 799 (DKV) y el 900 322 237 (Adeslas).
“Sólo en determinadas ocasiones se podría recurrir a medios ajenos, pero siempre y cuando así lo indique la entidad”, añaden. Pero remarcan: “La pauta es llamar siempre en primer lugar a los teléfonos indicados”. Para el colectivo mutualista adscrito al Concierto de Asistencia Sanitaria en el Exterior (CASE), y en caso de urgencia o emergencia en España, debe llamar al teléfono 900 300 799.
¿Qué ocurre si no se siguen estas pautas?
Si se está adscrito a una entidad concertada, y se utilizan los medios de los servicios públicos de salud, ocurre lo siguiente: “Deberá abonar sin derecho a reintegro los gastos que puedan ocasionarse, salvo que se cumplan los requisitos para la asistencia urgente de carácter vital”.
Estos requisitos están recogidos en el capítulo 5, apartado 3, del Concierto suscrito con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma. Así será este año 2024 a la espera de un nuevo Concierto para los siguientes.
Conviene recordar que la asistencia sanitaria de urgencia, tal y como explica Muface, “es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata”.
La misma se dispensa “tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales”.
Dicha prestación incluye, asimismo, “el transporte sanitario terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica del paciente, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que pueda atender de forma óptima la situación de urgencia”.