Vista de una oficina de la Agencia Tributaria.

Vista de una oficina de la Agencia Tributaria. EFE

Mis finanzas

Buenas noticias para los mutualistas: Hacienda les debe todavía casi 1.000 millones por el IRPF

Son casi cinco millones de jubilados los que todavía pueden recuperar el dinero que en su día cotizaron de más.

9 septiembre, 2024 11:29

Los mutualistas están de enhorabuena. Según el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) existen 4,8 millones de contribuyentes que todavía pueden beneficiarse de la sentencia del Tribunal Supremo. Dicho de otra manera, Hacienda les debe casi 1.000 millones por el IRPF debido a las aportaciones que realizaron de más en su momento.

Recordemos: el pistoletazo de salida a estas devoluciones fue la sentencia del Tribunal Supremo (TS) 255/2023. La misma decía que esas aportaciones entre los años 1967 y 1978 deberían haber recibido el mismo tratamiento fiscal que las cotizaciones a la Seguridad Social.

Los trabajadores que aportaron a mutualidades laborales entre esos años tributaron por el 100% de sus pensiones. Sin embargo, deberían haberlo hecho por el 75%. El TS argumentó su decisión en la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) que permite aplicar una minoración del 25% sobre las rentas derivadas de estas aportaciones.

¿Cuánto dinero debe Hacienda a los mutualistas?

En el último informe sobre la recaudación tributaria del Ministerio de Hacienda, el organismo hace mención de las devoluciones que ha realizado a los contribuyentes. Y dedica un apartado concreto a los mutualistas.

Así, los mutualistas que reclamaron por la tributación de sus aportes al sistema recibieron en los seis primeros meses del año la cantidad de 708 millones de euros. ¿Por qué les debe Hacienda casi 1.000 millones de euros?

Para resolver la ecuación hay que mirar el cierre de la Cuenta General del Estado de 2023. En dicho documento, Hacienda ha reservado 1.700 millones de euros con el objetivo de cubrir las “devoluciones por IRPF de pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades”.

Así queda reflejado en el apartado de provisiones. En concreto, en aquel relativo a los pagos que debe acometer el Gobierno en el futuro debido a las sentencias y contingencias contra los intereses del Estado. Por tanto, y dado que de momento sólo ha devuelto 708 millones de euros a los mutualistas, quedan por reembolsar 992 millones a estos jubilados.

¿Qué plazo que tiene Hacienda para devolver el dinero?

Como sucede con cualquier otro contribuyente, los mutualistas no reciben inmediatamente el dinero de Hacienda si la declaración les sale a devolver. Por tanto, debe tener en cuenta cuáles son los plazos que maneja Hacienda.  

Y es que la Agencia Tributaria dispone de un periodo de seis meses desde que concluye la campaña para llevar a cabo la devolución. Por tanto, y teniendo en cuenta que esta campaña concluyó el 1 de julio, tiene de tiempo hasta el 31 de diciembre.

Aunque, llegados a este punto, hay que tener en cuenta una excepción. Será así siempre y cuando el jubilado afectado presentase la declaración dentro del plazo establecido. Porque, si lo hizo a posteriori (es decir, fuera de plazo), ese periodo de seis meses arrancará desde el día en que presentó la declaración.

Si Hacienda no cumple y se salta dicho plazo, el jubilado podría pedir intereses de demora. ¿Cuáles serían esos intereses? Pues del 4,0625%. Una matización: ese porcentaje es anual. Es decir, que si Hacienda paga por debajo de esos 12 meses, pagará únicamente la parte proporcional.

¿Cómo puede saber un mutualista el estado de su declaración?

El método que ofrece la Agencia Tributaria es el siguiente: hay que acceder a la aplicación de la AEAT o al portal web usando certificado digital o DNI electrónico. Hecho este paso, hay que buscar la sección correspondiente al año fiscal 2023.

Entonces hay que seleccionar ‘tramitación de borrador/declaración’ para acceder a toda la información sobre el trámite. Es decir, que podrá ver si la declaración está en proceso, en trámite de comprobación, o si ya ha sido tramitada. Otra opción es usar el número de referencia de seis caracteres del borrador/declaración para obtener la información sobre la situación fiscal.