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Fue el pasado 21 de mayo cuando el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, aprobó la reforma del subsidio por desempleo. Un  mes después fue ratificada en el Congreso de los Diputados.

Será a partir del 1 de noviembre cuando dicha reforma comenzará a aplicarse en un número amplio de puntos. Conviene recordar que la misma, sobre todo, mejora la cuantía de la prestación a la par que permite compatibilizar su cobro con un empleo.

Si revisamos los datos del pasado mes de agosto, son más de 756.000 personas las que perciben dicho subsidio. Si lo traducimos a euros, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) dedica alrededor de 534 millones de euros cada mes a tal efecto.

¿Cómo quedan las cuantías de esta ayuda?

Antes de entrar en detalle sobre los motivos que harán que los parados tengan que hacer la declaración de la Renta, hay que indicar cómo quedan las cantidades que van a percibir a partir de ahora.

Así, los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir los 6 primeros meses el 95% IPREM (570 euros según la referencia actual); los 6 meses siguientes, el 90% IPREM (540 euros); y el resto del periodo, el 80% IPREM (480 euros).

Para los mayores de 52 años, se mantiene en el 80% del IPREM. Este indicador permanece igual, manteniéndose en 600 euros mensuales en 14 pagas.

Son las comunidades autónomas de Andalucía, Comunidad Valenciana, Cataluña y Madrid donde hay un mayor número de personas que cobran este subsidio.

¿Por qué los parados deben hacer la declaración de la Renta?

El argumento que ha puesto sobre la mesa el Ministerio de Trabajo es que las prestaciones por desempleo son un ingreso como lo serían otros. Por tanto, aquí se incluyen tanto las prestaciones contributivas como las ayudas asistenciales percibidas por aquellas personas que han agotado el paro.

De esta manera, lo que busca Trabajo es que todos aquellos ciudadanos beneficiarios del desempleo hagan bueno el dicho de que ‘Hacienda somos todos’. Es decir, que cumplan con sus obligaciones con el fisco. Asimismo, no quiere que se acumulen deudas con la Agencia Tributaria.

¿Cuándo deben empezar a hacer la Renta? Pues a partir del próximo año: 2025. Y será así independientemente de que no se alcance el umbral de renta que obliga a hacer la declaración (22.000 euros con un solo pagador).

En caso de incumplimiento, el beneficiario del paro podría ver suspendido el cobro de esta prestación, que no está exenta de IRPF y se le aplica retención.