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Son casi 800.000 el número de familias que cuentan con un título de familia numerosa. Así lo aseguran desde el Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030. Donde más hay es en Andalucía, Cataluña y Madrid. En el extremo opuesto, donde menos hay es en Ceuta y Melilla, La Rioja y Cantabria.

Familia numerosa es aquella integrada por los padres y tres o más hijos (sean o no comunes). Y hay dos tipos: general (las que tienen tres o cuatro hijos) y especial (cinco hijos o más).

Para ayudar a llevar esta carga, tanto el Gobierno como otras instituciones ofrecen una serie de ayudas. Es el caso del Ministerio de Hacienda que deja de ser ‘el malo de la película’ para ofrecer ayuda económica y reducir la carga fiscal de estas familias.

¿Qué ayudas ofrece Hacienda a las familias numerosas?

Para responder a esta pregunta, desee TaxDown señalan que Hacienda ofrece la deducción por familia numerosa. ¿En qué consiste? Se trata de una reducción en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Eso sí, la misma depende del número de hijos y las circunstancias familiares.

Así, el máximo es de 1.200 euros anuales. ¿Cómo se aplica? Pues a aquel ascendiente o hermano huérfano de padre y madre que forma parte de una familia numerosa.

Además, si se cumplen uno o varios de los siguientes requisitos: ser trabajador o autónomo y estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad; recibir prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección por desempleo; recibir pensiones abonadas por la Seguridad Social o Clases Pasivas; o ser profesional independiente no afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

“De esta deducción puedes elegir uningreso único de 1.200 euros, o un anticipo de 100 euros mensuales durante 12 meses. Estos importes pueden aumentar al doble en el caso de ser familia numerosa de categoría especial”, matizan. 

¿Qué comunidades autónomas cuentan con esta deducción?

Se trata de tres, según el portal asesor: Asturias, Castilla y León y Galicia. Así, en Asturias, la cantidad que se puede deducir es de 1.000 euros en el caso de familias de categoría general, y de 2.000 euros si la categoría es especial.

¿Cuáles son los requisitos para poder optar a la misma? Pues que la base imponible no supere los 35.000 euros en la declaración individual, ni los 45.000 en la declaración conjunta.

La adopción, asimismo, se entenderá realizada en el año en que se lleve a cabo la inscripción en el Registro Civil español. Y, en el caso de existir más de un contribuyente con derecho, se prorrateará por partes iguales.

En Castilla y León, la cuantía es del 600 euros. Si se tienen cuatro hijos, la deducción pasa a 1.500 euros; si son cinco, pasa a 2.500 euros. Y, a partir del sexto hijo y sucesivos, hay 1.000 euros adicionales.

En el caso de que un hijo tenga un grado de discapacidad del 65% o superior, se incrementa en 600 euros. La deducción se aplica independientemente de cuál sea la base imponible del contribuyente.

Por último, Galicia. La cantidad que se puede deducir es de 250 euros para contribuyentes con dos descendientes; y aumenta en otros 250 euros por cada hijo adicional.

En el caso de que alguno de los descendientes tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%, las cantidades antes reseñadas se duplican. En todos los casos, hay que presentar el título de familia numerosa.