Imagen de una persona rellenando la documentación de la declaración de la Renta.

Imagen de una persona rellenando la documentación de la declaración de la Renta. Istock

Mis finanzas

Giro de 180 grados si te sale a pagar la declaración de la renta: este es el nuevo método que aceptará Hacienda en 2025

Mariana Goya
Publicada

Año nuevo, vida nueva, ¿no? Por lo menos esa es una de las frases que más ronda en las conversaciones cuando estamos llegando al final del año. No son pocos los que creen que la entrada de un nuevo año vendrá acompañada de mejores expectativas. También hay quienes se proponen nuevas metas o hábitos tras el balance del año anterior. 

Pero más allá de los deseos personales de cada persona, hay empresas (e incluso el propio Gobierno) que aprovecha el salto del año para introducir novedades.

Así, y para 2025, habrá una modificación en el método de pago de la declaración de la renta. Conviene recordar que, hasta el momento, sólo era posible realizar mediante la domiciliación del pago, a través de un número de referencia completo (NRC) de la entidad bancaria o por medio de una carta de pago. 

Qué es la declaración de la renta

Tal como explican desde BBVA, la declaración de la renta o del IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) es un trámite anual que tienen la obligación de realizar los residentes en España para regularizar su situación con la Agencia Tributaria. 

Existen diferentes variaciones de acuerdo con el tipo de profesión o el rendimiento que generes y de ahí que haya cierta dificultad a la hora de realizar este trámite.

Siguiendo esta línea, dependiendo lo que recibas en la nómina, la retención será de entre el 19%, para rentas inferiores a 12.450 euros, hasta el 47% para sueldos superiores a los 300.000 anuales. 

La retención del capital mobiliario e inmobiliario general es del 19%, aunque varía según las circunstancias (como es el caso de las Letras del Tesoro, que no tributan).

Finalmente, en lo que respecta a las ganancias patrimoniales, como podría ser la venta de una vivienda, también hay cierta variación según la cuantía de estas, abarcando desde una retención del 19% —para ganancias de hasta 6.000 euros— hasta el abono del 26% para las ganancias de más de 200.000 euros. 

Por otro lado, en caso de que este ingreso se deba a rifas o sorteos, se aplicará una normativa diferente. La retención que se aplicará será del 19%, siempre y cuando la ganancia sea superior a 40.000 euros. Medida que se aplica especialmente cuando se habla de premios de la Lotería Nacional u otros similares. 

Quiénes no hacen la declaración de la renta

Pese a que este proceso sea una obligación a realizar para los residentes en España, hay quienes están exentos de realizar este trámite.

Los primeros contribuyentes que no tienen esta obligación son quienes obtengan un rendimiento íntegro inferior a los 22.000 euros, siempre y cuando solo hayan tenido un único pagador. Y es que, en caso de tener dos pagadores, solo te libras si tus ingresos son por debajo de los 15.000 euros. 

Otro grupo eximido de esta declaración son las personas cuyos rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta, pero solo en los casos en los que esta cuantía no supere el límite de 1.600 euros. 

Cambio en el pago de la declaración de la renta

Aunque la realización de la declaración de la renta de 2024 llegó a término, ya que el plazo finalizaba el pasado 1 de julio, la declaración de 2025 está cada vez más cerca —se inicia el plazo el 3 de abril— y esta vendrá con cambios sustanciales en lo que al pago se refiere. 

Y es que este trámite puede salir positivo o negativo, donde el beneficiario puedes ser tú o Hacienda. Si es negativo, quiere decir que ha salido a devolver, lo que saldrá indicado en el signo de la cifra que aparece en la casilla de la Cuota Diferencial de la declaración, tal como explican desde la entidad bancaria ING. Así, en caso de que aparezca un signo negativo (-), esa será la cantidad que te devolverá Hacienda. 

Por otro lado, para quienes le salgan a pagar, el resultado se identifica como 'a ingresar' (ingresar a Hacienda, para evitar confusiones). En esta situación es cuando entrará en juego el cambio de normativa que comienza en 2025.

Según ha anunciado la directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Soledad Fernández, durante el XXXIV Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado, ahora los contribuyentes podrán realizar este pago a través de Bizum o tarjeta de crédito

Se trata de una decisión que, sin lugar a dudas, responde a la creciente utilización de este tipo de aplicaciones. En concreto, Bizum registraba en 2023 un total de 940 millones de transacciones, lo que se traduce en dos millones y medio en un día o 30 operaciones por segundo. De este modo, la AEAT da un pasito más en su plan de modernización con el objetivo de hacer más accesible y eficiente la relación entre la institución y los ciudadanos.