Estos son los autónomos que no tienen que a presentar declaración de la Renta en 2022
Tan solo los trabajadores por cuenta propia cuyas rentas del año 2021 sean inferiores a 1.000 euros anuales estarán exentos de presentar el IRPF.
3 mayo, 2022 15:24A la hora de presentar la declaración de la Renta siempre nos surgen dudas. Nos encontramos en plena campaña para cumplir con nuestras obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria y en ocasiones desconocemos si es preciso hacerla o no, sobre todo en el caso de los autónomos.
En principio, la mayor parte los profesionales por cuenta propia deberían rendir cuentas con Hacienda a través de la declaración de la renta.
De hecho, son muy pocos los que se pueden librar de este trámite, y por lo general suelen ser aquellos que llevan muy poco tiempo y acaban de comenzar una actividad profesional o que están atravesando por un momento de facturación muy bajo, sin apenas ingresos.
Los autónomos que no deben presentar la declaración de la Renta
Hay un grupo de trabajadores autónomos que no tiene la obligación de presentar la declaración. Son aquellos que durante el anterior año fiscal tuvieron unas rentas por debajo de los 1.000 euros y sufrieron unas pérdidas patrimoniales de 500 euros o más.
La primera condición hace muy difícil que haya trabajadores por cuenta propia que se vean excluidos de cumplir con sus obligaciones con el fisco. Es muy complicado ganar menos de 1.000 euros en un año, y sin lugar a dudas sería un síntoma evidente de que el negocio no marcha del todo bien. Esta situación sí que podría darse en aquellos que lleven muy poco tiempo y apenas les haya dado tiempo a ponerlo en marcha.
Tampoco debe descartarse que estos ingresos tan escasos estén motivados por alguna situación transitoria. Posiblemente se trate de una mala racha y el autónomo confía en que la actividad recupere la normalidad. Es una posibilidad que puede darse cuando nos encontramos ante un negocio o actividad económica que funciona solo en determinados periodos de actividad.
También es una situación, que aunque no sea muy común, podría darse con bastante frecuencia entre aquellas personas que están a punto de jubilarse. Hacen todo lo posible por aguantar con el negocio en funcionamiento hasta que llega la edad de retirarse y así consiguen garantizarse una mejor pensión.
Ingresos bajos
Eso sí, con esos ingresos tan bajos, inferiores a los 1.000 euros, se verán en la obligación de recurrir a sus ahorros para asumir las cuotas de autónomos y otros gastos que implique la actividad.
No obstante, pese a que no sea obligatoria la presentación de la declaración para este grupo de trabajadores por cuenta propia, hay que decir que sería interesante que la hiciera, ya que tendría la posibilidad de reducir la carga financiera al acogerse a las diferentes deducciones que ofrecen las distintas administraciones, ya sean la estatal o la autonómica.
Qué gastos puede deducir el autónomo
Los autónomos pueden beneficiarse de una serie de deducciones. Estas varían en función de la comunidad autónoma en algunos casos, por lo que es preciso estar al tanto de todas ellas antes de presentar la declaración. El ahorro puede ser considerable si somos capaces de sacarle partido a estas ventajas. También hay que decir que hay una serie de deducciones a nivel nacional que resultan comunes para todo el colectivo.
Eso sí, los gastos, para que puedan deducirse deben de cumplir una serie de condiciones:
- Deben estar vinculados con la actividad que desempeña el trabajador por cuenta propia.
- Es necesario que puedan justificarse con la presentación de una factura. En este caso no es válido el uso de tíckets.
- Tienen que estar registrados en el libro de gastos e inversiones del profesional por cuenta propia.
En el caso de que se cumplan estas tres exigencias, los gastos podrán incorporarse a la declaración de la Renta.
Estos son los que pueden deducirse durante la campaña de este año: sueldos y salarios, consumos de explotación, Seguridad Social, alquileres y cánones, otros gastos de personal, reparaciones y conservación, suministros domésticos, gastos por dietas de manutención, servicios de profesionales independientes, otros servicios exteriores, gastos financieros, IVA soportado, tributos fiscalmente deducibles y amortizaciones.
Qué debe tener en cuenta el autónomo
A la hora de presentar la declaración del IRPF, el autónomo debe consultar el borrador. Es bastante común que en las retenciones no se hayan contemplado algunos factores que podría desgravar y que acabarían beneficiando al trabajador.
A raíz de la pandemia, todos aquellos profesionales por cuenta propia que hayan recibido algún tipo de ayuda por parte del Gobierno o de las comunidades deben declararla en la declaración de este año para no ser sancionados.
Otro aspecto a tener en cuenta afecta a los planes de pensiones. Hasta la fecha desgravaban 8.000 euros de la base imponible del IRPF, pero a partir de este año únicamente se podrán desgravar un máximo de 2.000 euros.
En el capítulo de retenciones, una gran parte de los autónomos no necesitan practicarlas en sus facturas. Se trata de aquellos que se encuentren dados de alta en actividades empresariales, que son las que están recogidas en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Pero por lo general, sí que deben incorporar retenciones del IRPF en sus facturas. En las facturas de 2021 era, con carácter general, el 15%. En el caso de un nuevo autónomo registrado en el IAE, el año en que se produce el alta y los dos siguientes, la retención reducida a practicar en el IRPF será del 7% cuando el ejercicio anterior no haya desempeñado actividades profesionales.