El pasado miércoles 3 de abril dio comienzo la campaña de la declaración de la Renta, fecha a partir de la cual 23 millones de contribuyentes deben rendir cuentas con el fisco, teniendo de plazo hasta el 1 de julio para presentar este trámite.

En este curso llega con novedades para madres, autónomos y mutualistas, que deben ser conocidas por todos aquellos que se encuentren en esta situación.

Autónomos

Para empezar, una de las grandes novedades de la Renta 2023 es que todos los autónomos están obligados a declarar independientemente de su nivel de ingresos, si bien este no es el único cambio que afecta a los profesionales por cuenta propia.

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El porcentaje de deducción de gastos de difícil justificación ha aumentado del 5 al 7%, con un máximo de 2.000 euros. Asimismo, los trabajadores por cuenta propia que estén en el régimen de módulos podrán ver cómo se incrementa la reducción general sobre el rendimiento neto de los módulos, que pasan del 5 al 10%. De igual modo, los autónomos que trabajen desde casa pueden acceder a una deducción del 30% de los gastos de suministros relacionados con su actividad.

Por otro lado, aquellos profesionales por cuenta propia que tengan trabajadores a su cargo, tienen la posibilidad de deducir hasta un 10% de las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial.

Deducciones por maternidad

Por su parte, aquellas mujeres que sean madres, también deben estar muy atentas a las diferentes deducciones. Hasta el año 2022, tan solo las madres trabajadoras podían acceder a una deducción de 1.200 euros al año por cada hijo menor de 3 años a cargo, pero esto ha cambiado y ahora, incluso si la madre no se encontraba empleada y estaba cobrando el paro (o si tras el nacimiento cotizó 30 días o más), es posible que se beneficien de la deducción.

También tendrán la posibilidad de solicitar un abono anticipado de 100 euros mensuales, y podrán beneficiarse de los 1.000 euros extra por gastos de custodia de hijo menor de 3 años en centros de educación infantil o guarderías.

Novedades en los mutualistas

Uno de los colectivos que recibe un cambio más importante en la declaración de la Renta 2023 es el de los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF.

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Tras una sentencia del Tribunal Supremo, los técnicos de Hacienda indican que, si en los datos fiscales de la campaña de la Renta figura el concepto "Ajustes por Mutualidades-DT2 LIRPF", se aplica una reducción de manera automática en la declaración, mientras que en caso contrario habrá que rellenar el formulario que la AEAT ha habilitado para efectuar la correspondiente rectificación.

Otras novedades de la declaración de la Renta 2023

Además de las novedades mencionadas, hay otras a considerar en la actual campaña de la declaración de la Renta, como se encuentran las siguientes:

  • Planes de pensiones: a lo largo de los últimos años, el Gobierno ha ido reduciendo los incentivos de los planes de pensiones. En este ejercicio se ha reducido la base imponible, que en el caso de las declaraciones individual solo se permitirá descontar 1.500 euros, y en el de las aportaciones conjuntas con la empresa, ese límite alcanza hasta los 8.500 euros.
  • Coche eléctrico: con el objetivo de fomentar la renovación del parque móvil español y apostar por vehículos eléctricos, aquellos contribuyentes que hayan comprado un coche eléctrico a partir de junio de 2023, tienen la posibilidad de deducir un 15% del valor de adquisición, pudiendo llegar a un precio máximo de 20.000 euros. De igual modo, también se pueden deducir el 15% sobre una base máxima de 4.000 euros por instalar un punto de recarga.
  • Plusvalías: se ha elevado hasta el 27% la tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 200.000 euros, y para las plusvalías por encima de los 300.000 euros, se eleva hasta el 28%.
  • Inversores: aquellos contribuyentes que hayan invertido en empresas de nueva o de reciente creación, tienen la posibilidad de deducir de la cuota del impuesto el 50% de las cantidades que hayan satisfecho en el periodo por la compra de acciones o participaciones, con una base máxima de deducción de 100.000 euros.
  • Rehabilitación de vivienda: esta deducción ya estaba vigente, pero se amplía para este año es la de la rehabilitación de la vivienda, una deducción que se encuentra vinculada a la mejora de la eficiencia energética o la accesibilidad, pudiendo, en función del caso, hasta un 60% del importe.
  • Contribuciones a ONG, partidos políticos, colegios profesionales y sindicatos: las deducciones por aportaciones a ONG se amplían y pueden llegar a deducir hasta un 80% de la aportación. Asimismo, es posible deducir las cuotas a organizaciones profesionales, partidos políticos y sindicatos, aunque en estos casos se podrá deducir un 20%.
  • Criptomonedas: entre las novedades de la renta 2023 se encuentran las nuevas obligaciones para aquellos contribuyentes que sean tenedores de criptomonedas en España o en el extranjero. Los residentes que tengan monedas virtuales en el extranjero valoradas en más de 50.000 euros deberán incluirlas en su presentación del borrador. Se debe presentar a través de un documento adicional, que es el modelo 721.

Estas son algunas de las principales novedades que deben tener en cuenta todos los contribuyentes, en algunos casos teniendo la posibilidad de poder ahorrar dinero a la hora de rendir cuentas con el fisco.