Los asesores fiscales se están preparando, y están preparando a los contribuyentes, para la verdadera ‘bestia negra fiscal’ del Gobierno que está por venir. Unas subidas de impuestos, "y no solo para los ricos", con la excusa de la lucha contra el fraude fiscal. Pero ¿en qué basan esas dramáticas afirmaciones?
Uno de los expertos que ha empezado a avisar sobre esta cuestión es Alejandro del Campo Zafra, abogado y asesor fiscal. En un artículo publicado en su blog, titulado ‘2020: Subiendo impuestos con la excusa de la lucha contra el fraude fiscal’, Del Campo advierte de que la pretendida 'Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal' puede encubrir una subida de impuestos mucho más importante y no solo para los “ricos”.
Puesto que esa ley no se ha aprobado, lo que hace este abogado es resucitar el anteproyecto de esa ley contra el fraude, que el anterior Gobierno socialista sometió a información pública el 23 de octubre de 2018 y que se quedó en el fondo de un cajón como consecuencia de la parálisis política. En dicho anteproyecto se recogía, entre otras cosas, la modificación de la base imponible de tributos como ITP o ISD para sustituir el valor real por el de mercado (el de referencia de la Dirección General del Catastro). El objetivo era acabar de una vez por todas con la litigiosidad que origina la actual base imponible de esos tributos.
Esos cambios, entiende Del Campo, "supondrán incrementos significativos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y del Impuesto sobre el Patrimonio". A su juicio, en el caso de los inmuebles se presumirá “salvo prueba en contrario, que el valor de mercado será el valor de referencia del mercado, publicado por el Catastro." Pero si el valor declarado es superior al valor de mercado, ese valor será la base Imponible.
"En las compraventas de inmuebles el dinero B ya no existe"
En definitiva, añade, se permitirá a las CCAA seguir ignorando sistemáticamente los valores de los inmuebles declarados en las escrituras. Y sorprende con la siguiente afirmación: "Parece que el Fisco no quiere enterarse de que en las compraventas de inmuebles el dinero B ya no existe, de que los precios de las escrituras son los reales, los de mercado".
Y por si fuera poco, añade, también tendrá repercusión en el impuesto sobre el patrimonio puesto que los inmuebles pasarán a tributar por el mayor de cuatro valores: el catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, el precio, contraprestación o valor de la adquisición”. Y ahora, el de referencia de mercado.
En la misma línea se pronuncia José María Salcedo, abogado de Ático Jurídico, en un artículo titulado 'Las 5 claves del 'hachazo fiscal' a las operaciones inmobiliarias que prepara el nuevo Gobierno'. En él, apunta que se avecinan malos tiempos para ser propietario de inmuebles, o llevar a cabo operaciones inmobiliarias. Además de los comentarios contra ese nuevo valor de referencia, Salcedo advierte de la guerra a los pactos sucesorios. “La futura Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal prevé eliminar este beneficio fiscal. Y es que esta nueva normativa, a diferencia de la anterior, obligará a tributar al adquirente de los inmuebles por pacto sucesorio, si transmite los bienes antes de que fallezca el causante.
Y mientras el Gobierno echa a andar y decide si recupera o no ese anteproyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal, y además lo hace en los mismos términos, lo único cierto en materia fiscal para este año son las medidas tributarias incluidas en el acuerdo “Coalición Progresista. Un nuevo acuerdo para España” y las que contempla el Real Decreto del 18/2019, de 27 de diciembre (en vigor el 29 de diciembre de 2019),