Comienza la campaña de la Renta: obligatoria para los autónomos y con más carga para los grandes capitales
Más de 200.000 trabajadores por cuenta propia se sumarán a los que ya presentaban la declaración en años anteriores por el nuevo RETA.
3 abril, 2024 02:20Este miércoles comienza la campaña de la Renta 2023, entre cuyas novedades destaca la obligación de presentar la declaración para todos los autónomos o una mayor carga impositiva para los grandes capitales. Una vez abierto el plazo para acceder al borrador y realizar la presentación online, el periodo hábil para rendir cuentas con el Fisco se extenderá hasta el próximo 1 de julio.
Todos los contribuyentes con rentas del trabajo por encima de 22.000 euros con un sólo pagador estarán obligados a presentar la declaración de la Renta, mientras que el monto se reduce a los 15.000 euros en el caso de haber más de un pagador. Asimismo, y como ya ocurría, tendrán que presentar la declaración los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV), si bien esto no implicar tributar por dicho ingreso.
Una de las novedades más destacadas de la Renta 2023 es que todos los trabajadores por cuenta propia que hayan estado dados de alta en algún momento del pasado año tendrán que hacer la declaración. Una sustancial variación respecto a otros ejercicios fiscales que responde al nuevo Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que entró en vigor en enero de 2023.
Tendrán que hacerla incluso si han cerrado el año sin beneficios. En su momento, José Luis Escrivá, que como ministro de Inclusión y Seguridad Social la pasada legislatura pilotó la reforma del RETA, anticipó que unos 200.000 autónomos más se verían obligados a hacer la declaración de la Renta. Una medida que llega porque la Agencia Tributaria no dispone de toda la información de su actividad.
Por su parte, las rentas del capital más altas se verán afectadas por unos mayores tipos impositivos. Estos escalan un punto, hasta el 27%, para rentas de entre 200.000 y 300.000 euros; y dos puntos, hasta el 28%, para las rentas que superen los 300.000 euros.
En sentido contrario, las rentas más bajas ya disfrutaron en 2023 de una rebaja fiscal, en tanto que el mínimo exento de tributación se elevó de 14.000 a 15.000 euros -para eximir del pago del IRPF a los trabajadores que cobran el salario mínimo-. Además, se incrementaron las reducciones para las rentas del trabajo inferiores a los 21.000 euros, si bien la mayoría ya se han aplicado a través de las retenciones. Es decir, que de manera general no supondrán devoluciones.
Volviendo a los autónomos, aquellos acogidos al régimen de módulos pueden aplicarse de una reducción adicional del 5% en el rendimiento neto (hasta un total del 10%) y los del régimen de estimación directa simplificada, una reducción del 7% para gastos deducibles de difícil justificación (en lugar del 5%).
Otras deducciones
Como novedad, la campaña de 2023 incorpora la nueva deducción del 15% para la compra de vehículos eléctricos enchufables. Esta deducción establece una base máxima de 20.000 euros, es decir, que alcanza como máximo los 3.000 euros. También destaca una deducción por ese mismo 15% hasta una base de 4.000 euros por la instalación de sistemas de recarga de baterías.
La mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o en alquiler sigue estando bonificada a través de la deducción de hasta un 40% de lo invertido. Eso sí, siempre que se reduzca en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Además, en el caso de que las obras afecten al conjunto de un edificio residencial, la reducción llega al 60%.
También se mantiene la cantidad máxima deducible en lo que se refiere a la aportación a los planes de pensiones individuales, que se mantiene en los 1.500 euros. Algo que responde a la prioridad que el Gobierno ha dado desde la pasada legislatura a los planes de pensiones de empleo en detrimento de los individuales, donde la aportación máxima deducible se dispara hasta los 8.500 euros.
Por su parte, la deducción de maternidad, que ya existía, se amplía. Ahora también la podrán solicitar las madres desempleadas o que se den de alta en la Seguridad Social tras el nacimiento de su hijo. Asimismo, se extiende para gastos de guardería hasta los 1.000 euros anuales, incluso aunque el centro no sea educativo.